CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones W Corp 2 Limitada

RUT 7877637-4 CVE 2791396
Capital
$609.921.434 CLP
Fecha instrumento
2 de febrero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
2 de febrero de 2026
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$609.921.434 CLP
Duración
La duración de la Sociedad será de diez años a contar del día 2 de febrero de 2026. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por período iguales y sucesivos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Responsabilidad: La

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, inmuebles o muebles; b) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de los bienes señalados en el literal precedente, la administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones y la obtención y percepción de sus frutos o rentas; y, c) en general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con el giro antes descrito y que de común acuerdo fijen los

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don Eric Waghorn Vitar, cédula de identidad número 17.087.981-3, en adelante el "Administrador", quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, pudiendo incluso autocontratar, y ejercerá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con todas las facultades señaladas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 2 de febrero de 2026, otorgada ante mí, bajo el repertorio número 774-2026, don Eric Waghorn Arce, cédula de identidad número 7.877.637-4, y don Eric Waghorn Vitar, cédula de identidad número 17.087.981-3, todos domiciliados para estos efectos en Lautaro 429, segundo piso, Linares, en su calidad de únicos socios de la sociedad INVERSIONES NUEVA SANTA FIDELMIRA LIMITADA, inscrita a fojas 171 número 121 en el Registro de Comercio de Linares correspondiente al año 2024, acordaron dividirla en dos sociedades de responsabilidad limitada, una que subsiste y es continuadora de la actual, y una nueva sociedad que nace producto de la división, cuyo nombre es "Inversiones W Corp 2 Limitada" (la "Sociedad"), y sus socios son don Eric Waghorn Arce y don Eric Waghorn Vitar, todos domiciliados para estos efectos en Lautaro 429, segundo piso, Linares, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Inversiones W Corp 2 Limitada. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don Eric Waghorn Vitar, cédula de identidad número 17.087.981-3, en adelante el "Administrador", quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, pudiendo incluso autocontratar, y ejercerá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con todas las facultades señaladas en la escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $609.921.434, que los socios han enterado y pagado, en las siguientes proporciones: i) don Eric Waghorn Arce la suma de $436.520.770, equivalente al 71,57% de los derechos sociales aproximadamente; y ii) don Eric Waghorn Vitar la suma $173.400.664, equivalente al 28,43% de los derechos sociales aproximadamente. Los aportes de los socios se entienden enterados y pagados mediante la adjudicación parcial del capital de Inversiones Nueva Santa Fidelmira Limitada, con motivo de la división de dicha sociedad en virtud de la cual nació la Sociedad, de acuerdo a la escritura extractada. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, inmuebles o muebles; b) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de los bienes señalados en el literal precedente, la administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones y la obtención y percepción de sus frutos o rentas; y, c) en general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con el giro antes descrito y que de común acuerdo fijen los socios. Duración: La duración de la Sociedad será de diez años a contar del día 2 de febrero de 2026. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por período iguales y sucesivos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para su legalización. Santiago, 30 de marzo de 2026.