Inversiones Santa Fidelmira Limitada
Instrumento
- Fecha
- 2 de febrero de 2026
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $32.189.252.372 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 2 de febrero de 2026, otorgada ante mí, bajo el repertorio número 773-2026, don Eric Waghorn Arce, cédula de identidad número 7.877.637-4, y don Eric Waghorn Vitar, cédula de identidad número 17.087.981-3, todos domiciliados para estos efectos en Lautaro 429, segundo piso, Linares, en su calidad de únicos socios de la sociedad INVERSIONES SANTA FIDELMIRA LIMITADA (la "Sociedad"), inscrita a fojas 21 vuelta número 24 en el Registro de Comercio de Linares correspondiente al año 1990, acordaron dividir la Sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada, una que subsiste como continuadora de la Sociedad, y una nueva sociedad de responsabilidad limitada, cuyo nombre es Inversiones W Corp 1 Limitada, cuyos estatutos se extractan por separado. Como consecuencia de la división, el capital de la Sociedad se disminuyó de la suma de $46.952.491.971 a la suma de $32.189.252.372. En virtud de lo anterior, los socios acordaron modificar el artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad, sustituyéndolo por el siguiente: "ARTÍCULO QUINTO: Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $32.189.252.372, el que se encuentra aportado y pagado íntegramente por los socios en la siguiente proporción: i) don Eric Waghorn Arce aportó y pagó la cantidad de $23.037.847.923, equivalente a 71,57% de los derechos sociales aproximadamente; y ii) don Eric Waghorn Vitar aportó y pagó la cantidad de $9.151.404.449, equivalente a 28,43% de los derechos sociales aproximadamente.". Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para su legalización. Santiago, 30 de marzo de 2026.