CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA POLO LIMITADA

CVE 2791594
Capital
$337.121.052 CLP
Fecha instrumento
23 de marzo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
23 de marzo de 2026
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$337.121.052 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
hasta el 31 de diciembre del año 2030, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de 6 meses, a lo menos, a la fecha de término del periodo que se encuentre vigente

Objeto social

El objeto de la sociedad será obtener rentas en todo tipo de bienes raíces, pudiendo adquirir, enajenar y administrar, por cuenta propia o ajena y a cualquier título dichos bienes; subdividir, lotear y urbanizar terrenos y en general desarrollar todo tipo de proyectos inmobiliarios y comerciales. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, o en comandita que tengan el mismo fin, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, así como cualquier otro acto que se relacione, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este

Administración

Corresponderá exclusiva e indistintamente a cualquiera de los socios María José Undurraga Rivas y Sebastián Andrés Prado Lermanda, quienes anteponiendo su firma a la razón social, obligarán a la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N° 1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: por escritura de fecha 23 de marzo de 2026 ante mí, MARIA JOSE UNDURRAGA RIVAS, domiciliada en calle Leonardo Da Vinci Nº 7.039, comuna de Las Condes, Santiago; y SEBASTIAN ANDRÉS PRADO LERMANDA, domiciliado en calle Albacete Nº 4420 departamento 96, comuna de Las Condes, Santiago constituyeron sociedad responsabilidad limitada cuyos estatutos extracto. Razón social: "INMOBILIARIA POLO LIMITADA" pudiendo actuar, incluso ante bancos, con el nombre de fantasía "Polo Ltda".- Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero.- Objeto: El objeto de la sociedad será obtener rentas en todo tipo de bienes raíces, pudiendo adquirir, enajenar y administrar, por cuenta propia o ajena y a cualquier título dichos bienes; subdividir, lotear y urbanizar terrenos y en general desarrollar todo tipo de proyectos inmobiliarios y comerciales. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, o en comandita que tengan el mismo fin, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, así como cualquier otro acto que se relacione, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro.- Administración y uso de La Razón Social: Corresponderá exclusiva e indistintamente a cualquiera de los socios María José Undurraga Rivas y Sebastián Andrés Prado Lermanda, quienes anteponiendo su firma a la razón social, obligarán a la sociedad.- Capital: $337.121.052, aportado y pagado en el acto por los socios de la siguiente forma: a) María José Undurraga Rivas aportó la suma de $267.204.764 equivalentes al 79,26% de los derechos sociales, mediante el aporte en dominio de inmuebles individualizados en la escritura extractada y b) Sebastián Andrés Prado Lermanda aportó la suma de $69.916.288 equivalentes al 20,74% de los derechos sociales, mediante el aporte en dominio de derechos sobre inmuebles individualizados en la escritura extractada. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes.- Duración: hasta el 31 de diciembre del año 2030, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de 6 meses, a lo menos, a la fecha de término del periodo que se encuentre vigente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de marzo de 2026.