Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2026
- Repertorio
- 526-2026
- Notario
- GLORIA ORTIZ CARMONA
- Domicilio
- Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Objeto social
a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; b) la inversión de capitales en toda clase de bienes, corporales e incorporales, sean éstos muebles o inmuebles, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; explotarlas, directamente o a través de terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, invertir, modificar y administrar otras sociedades; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación, o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y en general la realización de cualquier otro tipo de actividad comercial o negocio, sea que esté relacionada o no con los objetos antes señalados, y la realización de todos los actos y contratos necesarios y)o conducentes para el cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGLORIA ORTIZ CARMONA, Notario Público de Vitacura, Titular de la Tercera Notaria de Vitacura, con domicilio en Avenida Vitacura N°4607, local 21, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, certifico: Que, por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2026, repertorio N° 526-2026, otorgada ante María Cristina De La Sotta Fernández, Notario Público Suplente de Gloria Ortiz Carmona, certifico que: CARLA JOSÉ PAMELA ALARCÓN PEREIRA y HALINKA FRANCIKZAK MATLOSZ VERGARA, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: ALIANZA H&C SpA; Objeto: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; b) la inversión de capitales en toda clase de bienes, corporales e incorporales, sean éstos muebles o inmuebles, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; explotarlas, directamente o a través de terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, invertir, modificar y administrar otras sociedades; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación, o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y en general la realización de cualquier otro tipo de actividad comercial o negocio, sea que esté relacionada o no con los objetos antes señalados, y la realización de todos los actos y contratos necesarios y/o conducentes para el cumplimiento del objeto social. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $30.000.000, dividido en 30.000.000 de acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, será suscrito íntegramente en este acto por las constituyentes en la siguiente forma: uno) doña Carla José Pamela Alarcón Pereira suscribe 15.000.000 de acciones, equivalentes a la suma de $15.000.000; dos) doña Halinka Francikzak Matlosz Vergara suscribe 15.000.000 de acciones, equivalentes a la suma de 15.000.000. El capital suscrito será pagado mediante dinero en efectivo, vale vista, transferencia bancaria u otro medio equivalente, dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la presente escritura, de conformidad a lo dispuesto en el artículo octavo de estos estatutos. En consecuencia, cada una de las accionistas participa en la sociedad con un cincuenta por ciento del capital social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vitacura, 30 de marzo de 2026.