CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL EL GUINDO LIMITADA

CVE 2791576
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
25 de febrero de 2026
Notaría
Talca
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de febrero de 2026
Notario
MARÍA ANGÉLICA RAMÍREZ FUENTES
Oficio
Interina de la Primera Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
Talca, pudiendo abrir sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero
Duración
10 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años

Objeto social

La explotación de las actividades agrícolas, pecuarias de la silvicultura; La compra y venta, adquisición y enajenación a cualquier título de los productos que en ella se obtengan, su elaboración o semielaboración para su posterior enajenación y en general toda actividad conducente o relacionada con las ya señaladas, las que se podrán llevar a cabo con bienes propios o ajenos como también cualquier otra actividad que acuerden los

Administración

Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a HERNÁN ANDRÉS RODRÍGUEZ LEPPE; JORGE ENRÍQUE RODRÍGUEZ LEPPE; BLANCA MARIA PAZ RODRÍGUEZ LEPPE, y PABLO JAVIER RODRIGUEZ LEPPE, deberán actuar siempre a lo menos dos de forma conjunta y anteponiendo a su firma la razón social obligarán a la sociedad, con amplias facultades detalladas en escritura extractada.- RESPONSABILIDAD:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA ANGÉLICA RAMÍREZ FUENTES, Notario Público Interina de la Primera Notaría de Talca, 1 Norte 963 Oficina 103, certifica: Por escritura pública ante mí, de 25 de febrero 2026, REPERTORIO Nº 315-2026, comparecieron HERNÁN ANDRÉS RODRÍGUEZ LEPPE, C.I. Nº7.958.849-0; JORGE ENRÍQUE RODRÍGUEZ LEPPE, C.I. Nº7.958.841-5; BLANCA MARIA PAZ RODRÍGUEZ LEPPE, C.I. Nº10.303.686-0; y PABLO JAVIER RODRIGUEZ LEPPE, C.I. Nº10.838.369-0; todos con domicilio en Fundo el Guindo S/N camino a Pencahue, comuna de Pencahue; quienes vienen en constituir sociedad de responsabilidad limitada; RAZÓN SOCIAL: AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL EL GUINDO LIMITADA, nombre de fantasía “AGRÍCOLA EL GUINDO LTDA”; OBJETO: La explotación de las actividades agrícolas, pecuarias de la silvicultura; La compra y venta, adquisición y enajenación a cualquier título de los productos que en ella se obtengan, su elaboración o semielaboración para su posterior enajenación y en general toda actividad conducente o relacionada con las ya señaladas, las que se podrán llevar a cabo con bienes propios o ajenos como también cualquier otra actividad que acuerden los socios.- DOMICILIO: Talca, pudiendo abrir sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero. DURACIÓN: 10 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años.- CAPITAL: $10.000.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don HERNÁN ANDRÉS RODRÍGUEZ LEPPE, aporta $2.500.000.- correspondiente al 25% del capital social, que paga al contado en este acto y en dinero efectivo; b) doña BLANCA MARIA PAZ RODRÍGUEZ LEPPE aporta $2.500.000.- correspondiente al 25% del capital social, que paga al contado en este acto y en dinero efectivo; c) don PABLO JAVIER RODRIGUEZ LEPPE aporta $2.500.000.- correspondiente al 25% del capital social, que paga al contado en este acto y en dinero efectivo; y d) don JORGE ENRÍQUE RODRÍGUEZ LEPPE aporta $2.500.000.- correspondiente al 25% del capital social, que paga al contado en este acto y en dinero efectivo; ingresados en este acto a la caja social.- ADMINISTRACIÓN: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a HERNÁN ANDRÉS RODRÍGUEZ LEPPE; JORGE ENRÍQUE RODRÍGUEZ LEPPE; BLANCA MARIA PAZ RODRÍGUEZ LEPPE, y PABLO JAVIER RODRIGUEZ LEPPE, deberán actuar siempre a lo menos dos de forma conjunta y anteponiendo a su firma la razón social obligarán a la sociedad, con amplias facultades detalladas en escritura extractada.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 30 de marzo de 2026.-