Neoethicals Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de marzo de 2026
- Notario
- Luis Alberto Maldonado Concha
- Oficio
- 2° Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Vitacura, con oficio en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, certifica que con fecha 23 de marzo de 2026, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Neoethicals Chile SpA, celebrada con fecha 13 de marzo de 2026, en la cual se acordó modificar el Objeto de la Sociedad y por consiguiente, reemplazar el Artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “CUARTO: Objeto. La Sociedad tendrá por objeto: a) La importación, exportación, y comercialización de toda clase de medicamentos, artículos farmacéuticos, y en general de bienes relacionados con la estética, el aseo y la salud, por cuenta propia o ajena, de manera directa o a través de medios tecnológicos, en el territorio nacional o en el extranjero; b) La prestación de toda clase de servicios, sea de manera directa o a través de medios tecnológicos, en el territorio nacional o en el extranjero; c) La producción de toda clase de bienes relacionados con la estética, el aseo y la salud; d) La importación, exportación y comercialización de toda clase de alimentos y suplementos alimenticios, y en general de bienes relacionados con la alimentación y nutrición humana, por cuenta propia o ajena, de manera directa o a través de medios tecnológicos, en el territorio nacional o en el extranjero; y e) Las demás actividades que sean complementarias a dichos objetos. Para el cumplimiento de su objeto específico, la sociedad podrá actuar siempre por cuenta propia o ajena, y celebrar o ejecutar toda clase de actos, contratos, negocios e inversiones que se vinculen directa o indirectamente con el mismo, así como formar o integrar personas jurídicas de cualquier naturaleza, de las cuales podrá incluso asumir su administración.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vitacura, 25 de marzo de 2026.