Instrumento
- Fecha
- 13 de marzo de 2026
- Repertorio
- 1297
- Notario
- PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO
- Oficio
- 9ª. Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público de la 9ª. Notaria de Santiago, con oficio en calle Teatinos N° 333 entrepiso CERTIFICA: Por escritura de fechs 13 de Marzo de 2026, Repertorio N° 1297, ante mÍ, don JUAN CARLOS CRUZ CONNELL, chileno, soltero, ingeniero Civil Industrial, cedula de identidad número diez millones novecientos cincuenta y siete mil cincuenta guion ocho, domiciliado en Avenida Los Pajaritos número 3195, oficina 1003, comuna de Maipú, Región Metropolitana; y don JORGE ANTONIO CAMPOS SOTO, chileno, soltero, Ingeniero, cedula de identidad número quince millones trescientos setenta y cinco mil seiscientos ochenta y nueve guion nueve, domiciliado en Avenida Los Pajaritos número 3195, oficina 1003, comuna de Maipú, Región Metropolitana constituyen sociedad por acciones de acuerdo a los siguientes estatutos: NOMBRE: MSI RENTAL SpA; OBJETO. La sociedad tendrá por objeto: A) La compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, representación, arrendamiento, subarrendamiento, mantención, reparación y venta de repuestos, con o sin opción de compra, de todo tipo de maquinaria, máquinas, herramientas, equipos, artefactos para la industria y uso doméstico, instrumentos de precisión, vehículos, grúas, equipos de movimiento de tierra, y cualquier otro bien mueble relacionado, sean nuevos o usados, así como sus repuestos y accesorios, destinados a la construcción, minería, industria en general, y cualquier otra actividad económica; B) El arrendamiento y subarrendamiento de todo tipo de equipos, maquinarias y bienes muebles e inmuebles en general, con o sin operador, con o sin opción de compra, y la celebración de contratos de leasing operativo y financiero; C) La prestación de servicios técnicos, de mantención preventiva y correctiva, asesoría, capacitación, logística, transporte y servicios conexos, vinculados directa o indirectamente al giro de la sociedad; D) La inversión, adquisición, administración, enajenación y explotación de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la inversión en instrumentos financieros, valores mobiliarios y derechos de cualquier naturaleza; E)En general, se entienden comprendidos en el objeto social la realización de todos los actos de comercio y la celebración de todo tipo de convenciones, contratos o convenios tendientes a la consecución de los fines señalados precedentemente, o de todos aquellos otros negocios similares, complementarios o conexos que se acuerden o se decidan realizar por los accionistas, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos; DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer oficinas, agencias, sucursales, o representaciones en otros lugares del país o del extranjero; DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida; CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $30.000.000 dividido en tres mil acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de única serie. Dicho capital es suscrito y pagado de la siguiente manera: A) JUAN CARLOS CRUZ CONNELL, suscribe y paga en este acto, mil quinientas acciones, por un valor de quince millones de pesos, cantidad que ingresa al contado a la caja social. B) don JORGE ANTONIO CAMPOS SOTO, suscribe mil quinientas acciones equivalentes a la suma de quince millones de pesos, que se pagarán a través de quince cuotas iguales, mensuales y sucesivas de un millón de pesos cada una, pagaderas a contar del mes siguiente a la fecha de suscripción de la escritura. LA ADMINISTRACIÓN corresponderá a JUAN CARLOS CRUZ CONNELL y a don JORGE ANTONIO CAMPOS SOTO, con las facultades señalas en la escritura. Demás estipulaciones escrituración extractada.