Instrumento
- Fecha
- 17 de marzo de 2026
- Repertorio
- 6173-2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
el objeto de la sociedad es a) La prestación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de servicios relacionados con el diseño, el arte y la decoración de ambientes b) La creación, ejecución, compraventa, importación, exportación, distribución, producción, preparación, fabricación, comercialización e intermediación de toda clase de bienes relacionados con el diseño, textiles, decoración de interiores, arte, pinturas, fotografías, grabados y obras análogas; c) La prestación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de servicios relacionados con el diseño y decoración de ambientes; d) Asesorías y consultorías de toda índole en el campo del diseño, decoración y arte; y, e) La participación con fondos propios o ajenos, en sociedades, asociaciones o negocios vinculados a actividades de similar naturaleza a las anteriormente señaladas;. Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ignacio San Martín Schröder, Notario Público Titular de la 45ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, piso 7, comuna de Santiago certifico que: por escritura pública de fecha 17 de marzo de 2026, Repertorio N°6173-2026, ante mí, doña Francisca Margarita Purcell Salas y doña Jacinta San Martín Avilés constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta la siguiente: Nombre: Jotaefe SpA; Objeto: el objeto de la sociedad es a) La prestación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de servicios relacionados con el diseño, el arte y la decoración de ambientes b) La creación, ejecución, compraventa, importación, exportación, distribución, producción, preparación, fabricación, comercialización e intermediación de toda clase de bienes relacionados con el diseño, textiles, decoración de interiores, arte, pinturas, fotografías, grabados y obras análogas; c) La prestación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de servicios relacionados con el diseño y decoración de ambientes; d) Asesorías y consultorías de toda índole en el campo del diseño, decoración y arte; y, e) La participación con fondos propios o ajenos, en sociedades, asociaciones o negocios vinculados a actividades de similar naturaleza a las anteriormente señaladas;. Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. Asimismo, dedicarse a cualesquiera actividades que los accionistas acuerden; y, Capital: La suma de $500.000 dividido en 500 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en partes iguales por las accionistas, en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 25 de marzo de 2026.