INVERSIONES LOS NOTROS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de marzo de 2026
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.163.502.593 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3076, oficina 60, certifica que, por escritura de fecha 12-03- 2026, ante mí comparecieron: don PEDRO PABLO AXEL LARRAÍN GUZMÁN, con domicilio en avenida Américo Vespucio Norte 2.939, departamento 302, comuna de Vitacura, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, doña MARÍA JOSEFINA LARRAÍN GUZMÁN, con domicilio calle Valle Alegre número 100, departamento 211, comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, don FRANCISCO JOSÉ LARRAÍN GUZMÁN, con domicilio en Avenida Luis Carrera 2.331, Departamento 154, comuna de Vitacura, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana. don PEDRO PABLO AXEL, don FRANCISCO JOSÉ, y doña MARÍA JOSEFINA, todos de apellido LARRAÍN GUZMÁN, son los únicos y actuales socios de la sociedad “INVERSIONES LOS NOTROS LIMITADA”, Rol Único Tributario N°76.109.292-8, inscrita a fojas 53.012, número 36.772, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2009, con capital de $2.163.502.593. Los únicos y actuales socios acordaron, en escritura extractada, las siguientes modificaciones sociales: Uno) AUMENTO DE CAPITAL POR CAPITALIZACIÓN DE LA CUENTA DE REVALORIZACIÓN. Por escritura extractada, los actuales y únicos socios de “INVERSIONES LOS NOTROS LIMITADA”, acordaron aumentar el capital de la sociedad, de la suma de dos mil ciento sesenta y tres millones quinientos dos mil quinientos noventa y tres pesos, a la suma de dos mil trescientos treinta y un millones dieciocho mil doscientos setenta y dos pesos, esto es, un aumento de ciento sesenta y siete millones quinientos quince mil seiscientos setenta y nueve pesos, que corresponden a la capitalización de la cuenta de “Revalorización del Capital Social”. DOS) MODIFICACIÓN AUMENTO DE CAPITAL POR APORTE. Por escritura extractada los actuales y únicos socios, acordaron aumentar el capital de la sociedad, de la suma de dos mil trescientos treinta y un millones dieciocho mil doscientos setenta y dos pesos, a la suma de tres mil ochenta y seis millones seiscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos veintiséis pesos, esto es, un aumento de setecientos cincuenta y cinco millones seiscientos treinta mil ciento cincuenta y cuatro pesos, los cuales son aportados y pagados por los socios en la forma que se señala a continuación: a) don PEDRO PABLO AXEL LARRAÍN GUZMÁN, paga, conforme indica escritura extractada, la suma de doscientos cincuenta y un millones ochocientos setenta y seis mil setecientos dieciocho pesos, mediante el aporte en dominio que hace del bien inmueble singularizado en escritura extractada; b) don FRANCISCO JOSÉ LARRAÍN GUZMÁN, paga, conforme indica escritura extractada, la suma de doscientos cincuenta y un millones ochocientos setenta y seis mil setecientos dieciocho pesos, mediante el aporte en dominio que hace del bien inmueble singularizado en escritura extractada, y; ; c) doña MARÍA JOSEFINA LARRAÍN GUZMÁN, paga, conforme indica escritura extractada, la suma de doscientos cincuenta y un millones ochocientos setenta y seis mil setecientos dieciocho pesos, mediante el aporte en dominio que hace del bien inmueble singularizado en escritura extractada. TRES) ADECUAR ESTATUTOS SOCIALES. Como consecuencia de los aumentos de capitales indicados anteriormente, los socios de la sociedad “INVERSIONES LOS NOTROS LIMITADA”, acodaron reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos de la sociedad, relativo al capital, por el siguiente: “QUINTO: Capital Social y Aportes. El capital de la sociedad es la suma de tres mil ochenta y seis millones seiscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos veintiséis pesos que se suscriben, enteran y pagan en la forma que se señala a continuación: i) don PEDRO PABLO AXEL LARRAÍN GUZMÁN, aporta la suma de mil veintiocho millones ochocientos ochenta y siete mil ciento ochenta y dos pesos, que representan el treinta y tres coma trescientos treinta y cuatro por ciento del capital social, los cuales fueron pagados de la siguiente manera: uno) setecientos setenta y siete millones diez mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos, pagados con anterioridad a este acto; y dos) doscientos cincuenta y un millones ochocientos setenta y seis mil setecientos dieciocho pesos, por medio del aporte del cien por ciento de las acciones y derechos que le corresponden en el Resto del Fundo Rañilhueno, ubicado en la comuna de Santa Bárbara, debidamente singularizado en escritura extractada; ii) don FRANCISCO JOSÉ LARRAÍN GUZMÁN, aporta la suma de mil veintiocho millones ochocientos ochenta mil seiscientos veintidós pesos, que representan el treinta y tres coma trescientos treinta y tres por ciento del capital social, los cuales fueron pagados de la siguiente manera: uno) setecientos setenta y siete millones tres mil novecientos cuatro pesos, pagados con anterioridad a este acto; y dos) doscientos cincuenta y un millones ochocientos setenta y seis mil setecientos dieciocho pesos, por medio del aporte del cien por ciento de las acciones y derechos que le corresponden en el Resto del Fundo Rañilhueno, ubicado en la comuna de Santa Bárbara, debidamente singularizado en escritura extractada, y; iii) doña MARÍA JOSEFINA LARRAÍN GUZMÁN, aporta la suma de mil veintiocho millones ochocientos ochenta mil seiscientos veintidós pesos, que representan el treinta y tres coma trescientos treinta y tres por ciento del capital social, los cuales fueron pagados de la siguiente manera: uno) setecientos setenta y siete millones tres mil novecientos cuatro pesos, pagados con anterioridad a este acto; y dos) doscientos cincuenta y un millones ochocientos setenta y seis mil setecientos dieciocho pesos, por medio del aporte del cien por ciento de las acciones y derechos que le corresponden en el Resto del Fundo Rañilhueno, ubicado en la comuna de Santa Bárbara, debidamente singularizado en escritura extractada.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago. 25 de marzo de 2026.