Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2026
- Notario
- Patricia Valentina Manríquez Huerta
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración y representación de la sociedad corresponderá a don Martín Echeverría Vidal, quien, actuando por sí o a través de apoderados que designe especialmente al efecto mediante escritura pública o instrumento privado protocolizado, sin límite de monto o cuantía, representará a la Sociedad con todas las facultades contenidas en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricia Valentina Manríquez Huerta, abogada, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, comuna de las Condes, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública otorgada en esta notaría, ante mí, con fecha 24 de marzo de 2026, bajo el repertorio número 3.632-2026, don Martín Echeverría Vidal y doña Pilar Echeverría Vidal constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “Effatá SpA” (la “Sociedad”). Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: (a) la importación, exportación, comercialización, distribución, representación y prestación de todo tipo de bienes, productos, mercaderías e insumos, tanto nacionales como extranjeros, ya sea por cuenta propia o ajena; (b) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades de capital, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; (c) Efectuar toda clase de inversiones pasivas, tanto en Chile como en el exterior, pudiendo percibir los frutos civiles de toda clase de bienes de su propiedad, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, reinvertir y administrar los frutos, productos y rentas de las inversiones, y liquidar dichas inversiones; (d) La constitución y participación en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; y, (e) En general, la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos que digan relación directa o indirecta con los fines antes indicados, en el desarrollo de ellos, o con la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, así como las demás actividades que la Sociedad acuerde. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la Sociedad podrá actuar por si o a través de sociedades que especialmente constituya al efecto, así como también asociada o en coparticipación con terceros. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $6.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, el que se suscribe y paga íntegramente en el acto de constitución. Administración: La administración y representación de la sociedad corresponderá a don Martín Echeverría Vidal, quien, actuando por sí o a través de apoderados que designe especialmente al efecto mediante escritura pública o instrumento privado protocolizado, sin límite de monto o cuantía, representará a la Sociedad con todas las facultades contenidas en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 26 de marzo de 2026.