CENTRO DE EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL LIMITADA
Instrumento
- Repertorio
- 1588-2026
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26ª Notaría Pública de Santiago
- Comuna
- Pública de Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.650.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Público Titular de la 26ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.196, extracta y certifica modificación de sociedad de responsabilidad limitada: /1/ Por escritura pública de 18 de marzo del 2026 firmada ante mí, anotada bajo el Repertorio 1.588-2026, comparecieron: i) doña María Victoria Marshall Rivera; ii) doña Valentina María Capponi Marshall; iii) doña María Francisca Capponi Marshall; y iv) Doña Magdalena María Capponi Marshall; todas las anteriores domiciliadas en calle Santa Lucía N°188, comuna de Santiago, quienes reformaron los estatutos de la sociedad CENTRO DE EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL LIMITADA /en adelante la “Sociedad”/, inscrita a fojas 23.089 N° 15.812 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2010, en la manera que se indica a continuación. /2/ Doña María Victoria Marshall Rivera vendió, cedió y transfirió a doña Valentina María Capponi Marshall derechos sociales correspondientes al 6,6% del capital de la Sociedad en la suma de $1.650.000, la que se pagará dentro del plazo señalado en la escritura extractada. /3/ Doña María Victoria Marshall Rivera vendió, cedió y transfirió a doña María Francisca Capponi Marshall derechos sociales correspondientes al 8,6% del capital de la Sociedad en la suma de $2.150.000, la que se pagará dentro del plazo señalado en la escritura extractada. /4/ Doña María Victoria Marshall Rivera vendió, cedió y transfirió a doña Magdalena María Capponi Marshall derechos sociales correspondientes al 6,6% del capital de la Sociedad en la suma de $1.650.000, la que se pagará dentro del plazo señalado en la escritura extractada. /5/ Las cuatro únicas socias en la Sociedad acordaron reemplazar el artículo sexto de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la cantidad de noventa millones trescientos mil pesos, moneda de curso legal, íntegramente pagados a esta fecha y que se aportan por los socios en la siguiente forma: i) doña María Victoria Marshall Rivera es dueña y titular del cuarenta por ciento de los derechos sociales en la Sociedad, equivalentes a treinta y seis millones ciento veinte mil pesos, moneda de curso legal, suma ésta que se ha pagado íntegramente en dinero a la caja social antes del veintinueve de diciembre del año dos mil veinticinco; ii) doña Valentina María Capponi Marshall es dueña y titular del veinte por ciento de los derechos sociales en la Sociedad, equivalentes a dieciocho millones sesenta mil pesos, moneda de curso legal, suma ésta que se ha pagado íntegramente en dinero a la caja social antes del veintinueve de diciembre del año dos mil veinticinco; iii) doña María Francisca Capponi Marshall es dueña y titular del veinte por ciento de los derechos sociales en la Sociedad, equivalentes a dieciocho millones sesenta mil pesos, moneda de curso legal, suma ésta que se ha pagado íntegramente en dinero a la caja social antes del veintinueve de diciembre del año dos mil veinticinco; y, iv) doña Magdalena María Capponi Marshall es dueña y titular del veinte por ciento de los derechos sociales en la Sociedad, equivalentes a dieciocho millones sesenta mil pesos, moneda de curso legal, suma ésta que se ha pagado íntegramente en dinero a la caja social antes del veintinueve de diciembre del año dos mil veinticinco.”. /6/ Las socias limitaron su responsabilidad al monto de sus aportes y el resto de las disposiciones no son materia de extracto. HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público. Santiago, 27 de marzo de 2026.