AGRICOLA Y COMERCIAL DOÑA MARTHA SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 9094-2025
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $89.910.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2025, Repertorio N° 9.094-2025, ante mí, comparecieron: i) doña JESSICA JOCELYN WALDER CELEDON; ii) la sociedad INVERSIONES Y RENTAS JOTAVE SpA, debidamente representada iii) la sociedad INVERSIONES Y RENTAS EMEVE SpA, debidamente representada; iv) la sociedad INVERSIONES Y RENTAS NIVI SpA, debidamente representada; v) la sociedad INVERSIONES Y COMERCIAL KAI KAI SpA, debidamente representada; y vi) la sociedad INVERSIONES VIWA SpA, debidamente representada, en calidad de actuales y únicos accionistas, según el Registro de Accionistas tenido a la vista, de la sociedad “AGRICOLA Y COMERCIAL DOÑA MARTHA SpA”, inscrita a fojas 8.203 número 6.701 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2002 (en adelante la "Sociedad"), quienes acordaron su modificación en el siguiente sentido: I. Aumento de Capital: Aumentar el capital de la Sociedad, desde su suma actual ascendente a $89.910.000, en la suma de $1.097.604.504, quedando en definitiva el capital social en la suma de $1.187.514.504. II. Modificación Estatutos Sociales: En consideración a lo anterior, los accionistas acordaron modificar el artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales, quedando del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO. Capital y Acciones. El capital de la Sociedad es la suma de $1.187.514.504, dividido en 132.078 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente pagadas y suscritas en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos Estatutos.” Las demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Santiago, 06 de enero de 2026.-