Origen SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de marzo de 2026
- Repertorio
- 5169-2026
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura pública, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la asesoría y consultoría en todo tipo de servicios y gestiones inmobiliarias; la realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, la administración de dichos bienes; adquirir y enajenar, comprar y vender todo tipo de bienes raíces; dar o tomar en leasing o arrendamiento con opción de compra bienes raíces; dar o tomar en arrendamiento o cualquier otro título bienes raíces; la construcción en inmuebles propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; y el planeamiento, desarrollo y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios. Todas las actividades del giro podrán ser realizadas directamente o a través de otras sociedades
Administración
La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Francisco Ignacio Álamos Rojas, Mario Antonio Álvarez Sabra, Juan Pablo Gazmuri Berdichevsky, Esteban José Maira Kast y Felipe Ignacio Doren Villaseca, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°941, local 302, Santiago, certifico: Que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 2 de marzo de 2026, bajo el repertorio 5169-2026, Inversiones y Asesorías Nehuentue SpA, domiciliada en calle Alcántara N°200, oficina N°1.102, comuna de Las Condes, Santiago, Faro Corona SpA, domiciliada en El Ulmo N°4.056, comuna de Vitacura, Santiago, Inversiones San Joaquín SpA, domiciliada en calle Alcántara N°200, oficina N°1.102, comuna de Las Condes, Santiago, Doña Javiera SpA, domiciliada en calle Del Inca N°4.446, oficina 801, comuna de Las Condes, Santiago, Maimax SpA, domiciliada en Cerro El Plomo N°5.420, piso 10, comuna de Las Condes, Santiago, e Inversiones Gandhi SpA, domiciliada en calle Alcántara N°200, oficina N°1.102, comuna de Las Condes, Santiago, en calidad de únicos accionistas de "Origen SpA" (la "Sociedad"), inscrita a fojas 97.535 N°41.481 en el Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2023, acordaron transformar la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, denominada "Inversiones Origen Limitada", cuyo estatuto se extracta a continuación: Razón social: "Inversiones Origen Limitada". Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que pudiere establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura pública, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la asesoría y consultoría en todo tipo de servicios y gestiones inmobiliarias; la realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, la administración de dichos bienes; adquirir y enajenar, comprar y vender todo tipo de bienes raíces; dar o tomar en leasing o arrendamiento con opción de compra bienes raíces; dar o tomar en arrendamiento o cualquier otro título bienes raíces; la construcción en inmuebles propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; y el planeamiento, desarrollo y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios. Todas las actividades del giro podrán ser realizadas directamente o a través de otras sociedades. Administración: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Francisco Ignacio Álamos Rojas, Mario Antonio Álvarez Sabra, Juan Pablo Gazmuri Berdichevsky, Esteban José Maira Kast y Felipe Ignacio Doren Villaseca, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, el cual se entiende íntegramente pagado con cargo a los derechos que los socios mantenían en el capital social anterior a la transformación, y que se distribuyen entre ellos en las siguientes proporciones: a) Inversiones y Asesorías Nehuentue SpA, aportó la suma de $499.000, equivalentes al 49,90% aproximadamente del total de los derechos sociales; b) Faro Corona SpA, aportó la suma de $40.000, equivalentes al 4% aproximadamente del total de los derechos sociales; c) Inversiones San Joaquín SpA, aportó la suma de $48.000, equivalentes al 4,80% aproximadamente del total de los derechos sociales; d) Doña Javiera SpA, aportó la suma de $58.000, equivalentes al 5,80% aproximadamente del total de los derechos sociales; e) Maimax SpA, aportó la suma de $354.000, equivalentes al 35,40% aproximadamente del total de los derechos sociales; y f) Inversiones Gandhi SpA, aportó la suma de $1.000, equivalentes al 0,10% aproximadamente del total de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Público Titular. Santiago, 24 de marzo de 2026.