Agrícola Agroquintay Limitada
Instrumento
- Fecha
- 25 de marzo de 2026
- Repertorio
- 6405-2026
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
a) La producción, compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución, por cuenta propia o de terceros, de frutas y verduras, y, en general, de toda clase de productos, subproductos y derivados de actividad agrícola, sean frescos o congelados; b) Actuar como factor de comercio, agente o comisionista en relación a actividades señaladas en letra precedente, y percibir comisiones por estas actuaciones; c) La inversión, compra y venta de toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales, pudiendo lotearlos, dividirlos, repararlos, construir en ellos, darlos y tomarlos en arrendamiento, administrarlos, explotarlos, transferirlos a cualquier título, aportarlos y percibir sus frutos; y d) La inversión, compra y venta de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, derechos en sociedades de cualquier naturaleza jurídica, bonos y demás valores mobiliarios, negociarlos, transferirlos a cualquier título, aportarlos, administrarlos y percibir sus frutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular 43° Notaría Santiago, Huérfanos N° 835, piso 18, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de marzo de 2026, Repertorio N° 6.405-2026, ante mí, Ricardo José Clemente Williamson Castro y Ricardo José María Williamson Barros, todos domiciliados en Santiago, en Avenida Vitacura N° 5.250, oficina 1.103, comuna de Vitacura, transformaron la sociedad Agrícola Agroquintay Limitada, inscrita a Fs.42.110 N° 29.852 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2006, en una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: Razón Social: “Agrícola Agroquintay SpA”, Objeto: a) La producción, compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución, por cuenta propia o de terceros, de frutas y verduras, y, en general, de toda clase de productos, subproductos y derivados de actividad agrícola, sean frescos o congelados; b) Actuar como factor de comercio, agente o comisionista en relación a actividades señaladas en letra precedente, y percibir comisiones por estas actuaciones; c) La inversión, compra y venta de toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales, pudiendo lotearlos, dividirlos, repararlos, construir en ellos, darlos y tomarlos en arrendamiento, administrarlos, explotarlos, transferirlos a cualquier título, aportarlos y percibir sus frutos; y d) La inversión, compra y venta de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, derechos en sociedades de cualquier naturaleza jurídica, bonos y demás valores mobiliarios, negociarlos, transferirlos a cualquier título, aportarlos, administrarlos y percibir sus frutos. Capital: $1.000.000 dividido en mil acciones, ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal. Las acciones se encuentran íntegramente suscritas y el capital se encuentra totalmente pagado. Santiago, 26 de marzo de 2026.