DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Vidal y Velasquez limitada

RUT 76519667-1 CVE 2790021
Capital
$10.000.000 CLP
Notaría
Arica

Instrumento

Notario
OSCAR PATRICIO SOTO HERNANDEZ
Oficio
Tercera Notaría de Arica
Comuna
Arica

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OSCAR PATRICIO SOTO HERNANDEZ, Notario Público Titular de Tercera Notaría de Arica, con oficio en calle Sotomayor N°301, Arica, certifico: Por escritura hoy ante mí don JORGE IGNACIO VIDAL GAJARDO, chileno, soltero, ingeniero mecánico, C.I 15.007.483-5, y don CRISTIAN ANDRES VELASQUEZ BAEZA, chileno, casado, separado totalmente de bienes, ingeniero constructor, C.I 15.005.587-3, domiciliado en esta ciudad en Lomas de Miramar, Pasaje uno, casa número ochenta y cuatro, siendo los únicos accionistas de VIDAL Y VELASQUEZ LIMITADA, debidamente individualizados y con sus respectivas personerías acreditadas para actuar, procedieron a disolver y liquidar en el acto de la junta ya referida, de común acuerdo la “SOCIEDAD VIDAL Y VELASQUEZ LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones quinientos diecinueve mil seiscientos sesenta y siete guion uno, publicada en el diario oficial número cuarenta y un mil doscientos noventa y tres con fecha veintiocho de octubre del año dos mil quince y la cual se inscrita a fojas ochocientos sesenta y seis numero trecientos sesenta y uno en el Registro de Comercio a cargo del señor Conservador de Bienes Raíces y de comercio de la ciudad de Arica y Parinacota. MOTIVO DISOLUCION: Indican por no realizar la sociedad movimiento u operación alguna por un periodo de cinco años.- DECLARAN: Que la sociedad no posee más bienes que los aportados al momento de su constitución, que no registran deudas ni pasivos con instituciones públicas o privadas, que en el acto de disolución procedieron a liquidar todo el capital social, reintegrándose a los socios este capital en razón a sus respectivos aportes, otorgándose las partes en el acto el más amplio y completo finiquito al respecto por lo que expresan que nada se adeudan. Para efectos de la publicación del presente extracto, el capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.- Demás estipulaciones constan escritura extractada.- En lo no modificado rige pacto original. Arica, 23 de Marzo del 2026.-