CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES JUVIRE LIMITADA

CVE 2789605
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
5 de marzo de 2026
Notaría
De Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2026
Repertorio
11983/2026
Notario
María Soledad Lascar Merino
Oficio
38° Notaría De Santiago
Comuna
De Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
Comuna de Las Condes
Duración
5 años contados desde la fecha de la escritura, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, según cláusula de

Objeto social

Será la prestación de servicios de asesoría, consultoría y gestión en materias financieras, económicas, administrativas y de recursos humanos a personas naturales y jurídicas, sociedades, empresas y organizaciones de cualquier naturaleza. Comprenderá, entre otros, análisis y planificación financiera; estructuración y obtención de financiamiento; evaluación, valorización y administración de proyectos e inversiones; reorganización empresarial; elaboración de informes financieros; planificación estratégica; gestión y administración de empresas; diseño e implementación de políticas y procesos de recursos humanos; reclutamiento y selección de personal; desarrollo organizacional; y asesoría en materias laborales y administrativas. Asimismo, la sociedad podrá realizar toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la inversión en bienes muebles e inmuebles, valores mobiliarios y derechos, y en general, cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el giro señalado y, en general, realizar cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área financiera o con el cumplimiento del presente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Soledad Lascar Merino, Abogado, Notario Público, Titular de la 38° Notaría De Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea N°3477, Zócalo, comuna de Las Condes, certifico: Que, por escritura pública de 5 de marzo de 2026, Repertorio N°11.983/2026, otorgada ante mí, Mariana Squella Urquiza y Jorge Andrés Díaz Hola, ambos domiciliados en calle Camino El Alba número once mil seiscientos ochenta y cuatro, Comuna de Las Condes, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, siendo el siguiente su extracto: RAZÓN SOCIAL: “Sociedad de Profesionales JUVIRE Limitada”, sin perjuicio de lo cual podrá usar también el nombre de fantasía “JUVIRE Ltda” para fines publicitarios, de propaganda u operaciones de banco. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a la señora Squella quien actuando indistinta e individualmente, directamente, o por intermedio de representantes ordinarios o extraordinarios, con las facultades especificadas en la escritura extractada. CAPITAL: $500.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: 1) Mariana Squella Urquiza: $495.000, equivalentes al 99% del total del interés social; y, 2) Jorge Andrés Díaz Hola: $5.000, equivalentes al restante 1% del total del interés social. OBJETO: Será la prestación de servicios de asesoría, consultoría y gestión en materias financieras, económicas, administrativas y de recursos humanos a personas naturales y jurídicas, sociedades, empresas y organizaciones de cualquier naturaleza. Comprenderá, entre otros, análisis y planificación financiera; estructuración y obtención de financiamiento; evaluación, valorización y administración de proyectos e inversiones; reorganización empresarial; elaboración de informes financieros; planificación estratégica; gestión y administración de empresas; diseño e implementación de políticas y procesos de recursos humanos; reclutamiento y selección de personal; desarrollo organizacional; y asesoría en materias laborales y administrativas. Asimismo, la sociedad podrá realizar toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la inversión en bienes muebles e inmuebles, valores mobiliarios y derechos, y en general, cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el giro señalado y, en general, realizar cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área financiera o con el cumplimiento del presente objeto. DURACIÓN: 5 años contados desde la fecha de la escritura, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, según cláusula de vigencia. DOMICILIO: Comuna de Las Condes, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que se acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. RESPONSABILIDAD SOCIOS: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de marzo de 2026.