INVERSIONES PLAZA MAYOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de marzo de 2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $510.297.740 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
- Duración
- 10 años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 10 años cada uno
Objeto social
la realización de toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, pudiendo para este efecto adquirir, enajenar y explotar, a cualquier título o modo, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en especial derechos, acciones, bonos, debentures, pagarés, letras de cambio, títulos de crédito, cuotas, participación en comunidades, sociedades y otras personas jurídicas y demás efectos de comercio o valores mobiliarios. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, a juicio de ella misma, en especial los relativos a la inversión de sus fondos disponibles, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades o personas jurídicas de cualquier índole, y pudiendo constituir garantías reales o personales en favor de terceros, sin limitaciones
Administración
La administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social, corresponderá a don Francisco Víctor Teodoro Leyton Francione y a doña María Eliana Efira de las Mercedes Leyton Francione, quienes actuarán individual y separadamente, con las facultades indicadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Público Titular de la 45ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 979, piso 8, comuna de Santiago, certifico que con fecha 30 de enero de 2026, ante el Notario Suplente don Juan Francisco Alamos Ovejero, María Eliana Efira de las Mercedes Leyton Francione y don Francisco Víctor Teodoro Leyton Francione, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N° 3500, piso 12, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES PLAZA MAYOR LIMITADA (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 33 vta. número 31 del Registro de Comercio de Talagante del año 1991, cuya transformación a sociedad de responsabilidad limitada se inscribió a fojas 21 número 16 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talagante del año 2026, acuerdan lo siguiente: Uno) División. Dividir la sociedad Inversiones Plaza Mayor Limitada en dos sociedades de responsabilidad limitada, conservando Inversiones Plaza Mayor Limitada la calidad de continuadora legal, y constituyéndose una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada Inmobiliaria Doña Laura Limitada, cuyos estatutos se extractan a continuación. Dos) Disminución de capital y modificación de estatutos. Como consecuencia de la división, se acordó disminuir el capital de Inversiones Plaza Mayor Limitada desde la suma de $700.000.000.- a la suma de $189.702.260.-, disminuyéndose en $510.297.740.- que corresponde al capital asignado a la sociedad que nace de la división. Para dar cuenta de lo anterior, se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de $189.702.260.-, el cual se encuentra íntegramente pagado y enterado en las siguientes proporciones: (a) don Francisco Víctor Teodoro Leyton Francione es titular del 50% del capital e interés social; y (b) doña María Eliana Efira de las Mercedes Leyton Francione es titular del 50% del capital e interés social.” Tres) Estatutos Inmobiliaria Doña Laura Limitada. Se aprobaron los estatutos de la sociedad que nace producto de la división de Inversiones Plaza Mayor Limitada, de los cuales se extracta: Socios: Francisco Víctor Teodoro Leyton Francione y María Eliana Efira de las Mercedes Leyton Francione, ambos domiciliados en Apoquindo 3500, piso 12, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Nombre: Inmobiliaria Doña Laura Limitada. Duración: 10 años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 10 años cada uno. Domicilio: ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país. Objeto: la realización de toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, pudiendo para este efecto adquirir, enajenar y explotar, a cualquier título o modo, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en especial derechos, acciones, bonos, debentures, pagarés, letras de cambio, títulos de crédito, cuotas, participación en comunidades, sociedades y otras personas jurídicas y demás efectos de comercio o valores mobiliarios. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, a juicio de ella misma, en especial los relativos a la inversión de sus fondos disponibles, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades o personas jurídicas de cualquier índole, y pudiendo constituir garantías reales o personales en favor de terceros, sin limitaciones. Administración y uso de la razón social: La administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social, corresponderá a don Francisco Víctor Teodoro Leyton Francione y a doña María Eliana Efira de las Mercedes Leyton Francione, quienes actuarán individual y separadamente, con las facultades indicadas en la escritura extractada. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $510.297.740.-, el cual se encuentra íntegramente pagado y enterado en las siguientes proporciones: (a) don Francisco Víctor Teodoro Leyton Francione es titular del 50% del capital e interés social; y (b) doña María Eliana Efira de las Mercedes Leyton Francione es titular del 50% del capital e interés social. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de marzo de 2026.