SOCIEDAD DE ASESORÍAS INTEGRALES PARA EL DESARROLLO SOCIAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de enero de 2026
- Repertorio
- 3244-2026
- Notario
- HERNÁN JOSÉ RETAMAL GRIMBERG
- Oficio
- Duodécima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNÁN JOSÉ RETAMAL GRIMBERG, Notario Público Titular de la Duodécima Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos N° 331, certifica que por escritura pública de fecha 28 de enero de 2026, repertorio N°3244-2026, otorgada ante el Notario Suplente don RODRIGO DANIEL FERNÁNDEZ DILLEMS: Doña GLORIA VERÓNICA ARELLANO SALGADO, chilena, casada bajo el régimen patrimonial de separación total de bienes, trabajadora social, cédula de identidad número siete millones trescientos treinta y seis mil ciento ochenta y ocho guión cinco, doña CONSTANZA ALEJANDRA ESCOBAR ARELLANO, chilena, casada bajo el régimen patrimonial de separación total de bienes, socióloga, cédula de identidad número dieciséis millones dieciséis mil ochocientos sesenta guión nueve, y don GUILLERMO ADOLFO ÁLVAREZ ESPINOZA, chileno, casado bajo el régimen patrimonial de separación total de bienes, empleado, cédula de identidad número catorce millones ciento cuarenta y siete mil ciento cincuenta y tres guión ocho, todos domiciliados para estos efectos en calle La Fetra número ciento ochenta y cinco, departamento A, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios e interesados de “SOCIEDAD DE ASESORÍAS INTEGRALES PARA EL DESARROLLO SOCIAL LIMITADA” constituida con fecha 12 de marzo de 2012, otorgada ante don Leonardo Ortega Sandoval, Notario Público Suplente de don Sergio Henríquez Silva, Notario Público Titular en ese entonces de la Décimo Segunda Notaría de Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas veinte mil trescientos setenta y ocho número catorce mil doscientos ochenta y nueve del Registro de Comercio de Santiago del año dos mil doce, modificaron la sociedad en los siguientes términos: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: Doña CONSTANZA ALEJANDRA ESCOBAR ARELLANO, cedió, vendió y transfirió el nueve por ciento de los derechos sociales del capital social a doña GLORIA VERÓNICA ARELLANO SALGADO, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de la cesión fue la suma de trescientos sesenta mil pesos, que la cesionaria pagó a la cedente en el acto y al contado, declarando recibirlos a su entera satisfacción. NUEVA COMPOSICIÓN SOCIAL: Producto de la cesión de derechos la nueva composición de la sociedad es doña GLORIA VERÓNICA ARELLANO SALGADO, quedó con un cincuenta y un por ciento de los derechos del capital social y don GUILLERMO ADOLFO ÁLVAREZ ESPINOZA con un cuarenta y nueve por ciento de los derechos del capital social. MODIFICACIÓN SOCIAL: En consecuencia de lo expuesto y a fin de reflejar en los estatutos de la sociedad la nueva participación social, doña GLORIA VERÓNICA ARELLANO SALGADO, y don GUILLERMO ADOLFO ÁLVAREZ ESPINOZA, en sus calidades de únicos y actuales socios e interesados de la SOCIEDAD DE ASESORÍAS INTEGRALES PARA EL DESARROLLO SOCIAL LIMITADA, acordaron modificar el artículo quinto del capital social en el siguiente sentido: “CAPITAL: El capital social es la suma de cuatro millones de pesos, cantidad que los socios aportan y enteran en la siguiente manera: Doña GLORIA VERONICA ARELLANO SALGADO, con la suma de dos millones cuarenta mil pesos correspondiente al cincuenta y un por ciento del capital social; y don GUILLERMO ADOLFO ÁLVAREZ ESPINOZA, con la suma de un millón novecientos sesenta mil pesos correspondiente al cuarenta y nueve por ciento del capital social, que se enteran en este acto de contado y en dinero efectivo en la caja social”. RESTO DE LA ESCRITURA: En lo no modificado continúa vigente la escritura de constitución singularizada con anterioridad. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, a 24 de marzo de 2026./am.