Servicios FB Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de febrero de 2026
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, séptimo piso, certifico: que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 10 de febrero del año 2026, BVA SpA, domiciliado para estos efectos en Camino Lonquén Sur, paradero veintisiete y medio, Condominio Vista Hermosa, casa cuarenta y uno A, comuna de Talagante, Inversiones Donar SpA y FD SpA, ambos domiciliado para estos efectos en Ruta G-40 número mil cuatrocientos cuarenta y seis, comuna de Talagante, acordaron modificar la sociedad Servicios FB Limitada, inscrita a fojas 48.884, número 34.248 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, en adelante la “Sociedad”, en el siguiente sentido: (1) Cesión de derechos sociales. FD SpA vende, cede y transfiere a Inversiones Donar SpA, quien compra, acepta y adquiere para sí el 40% de los derechos sociales de la Sociedad. (2) Modificación de estatutos. Como consecuencia de la venta y cesión de derechos anteriormente referida, los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron reemplazar íntegramente el Artículo Quinto el cual queda del siguiente tenor: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de cinco millones de pesos, íntegramente aportado y pagado por los socios en la siguiente forma y proporción: a) Inversiones Donar SpA ha aportado y enterado la cantidad de dos millones quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital e interés social; b) FD SpA ha aportado y enterado la cantidad de quinientos mil pesos, equivalente al diez por ciento del capital e interés social; y, c) BVA SpA ha aportado y enterado la cantidad de dos millones pesos, equivalente al cuarenta por ciento del capital e interés social.- ”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, en especial, en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 20 de marzo de 2026.