CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CLÍNICA ESTÉTICA Y DENTAL LIV SpA

RUT 15330539-0 CVE 2789107
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
5 de marzo de 2026
Notaría
Curicó
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2026
Repertorio
653-2026
Notario
HERNÁN FUENTES ACEVEDO
Oficio
Tercera Notaria de Curicó
Comuna
Curicó

Sociedad

N. fantasía
“LIV SpA”
Capital
$2.000 CLP
Domicilio
Providencia en la Región Metropolitana
Duración
La duración de la Sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los Socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la presente escritura, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: El objeto de la sociedad será: 1.- Prestar servicios de medicina estética, dermatológica y cosmetológica, incluyendo diagnósticos, evaluaciones y tratamientos faciales y corporales no invasivos o mínimamente invasivos, realizados por profesionales de la salud debidamente habilitados; 2.- Realizar procedimientos estéticos faciales y corporales, tales como limpiezas profundas, peelings químicos, microdermoabrasión, tratamientos con ácido hialurónico, toxina botulínica (Botox), mesoterapia, radiofrecuencia, láser, IPL, y otros procedimientos estéticos aprobados por la autoridad sanitaria; 3.- Administrar, operar y gestionar una clínica o centro de estética, incluyendo reserva de turnos, atención al paciente, venta de productos dermo cosméticos y servicios complementarios; 4.- Comercializar y aplicar productos médicos y cosméticos autorizados, tales como sustancias de uso médico-estético, productos de cuidado de la piel, sueros, cremas, y otros insumos vinculados al rubro; 5.- Contratar profesionales de la salud, técnicos y personal auxiliar, así como suscribir convenios con terceros, clínicas y redes de salud para la prestación de servicios médicos y estéticos; 6.- Realizar actividades de investigación, capacitación y perfeccionamiento en materia de medicina estética y cosmetología, incluyendo la organización de cursos, talleres, seminarios y eventos vinculados al área; 7.- Adquirir, poseer, arrendar y disponer de bienes muebles e inmuebles, necesarios para el desarrollo de su actividad; 8.- Efectuar toda otra actividad comercial, industrial, financiera, civil o mobiliaria, que sea necesaria, útil o complementaria al giro principal y que no se encuentre expresamente prohibida por la ley. 9.- Prestar servicios profesionales en el área de la salud, especialmente servicios odontológicos integrales, incluyendo diagnóstico, prevención, tratamiento y rehabilitación bucal en todas las especialidades de la odontología, tales como odontología general, ortodoncia, implantología, periodoncia, endodoncia, odontopediatría, rehabilitación oral, cirugía maxilofacial, radiología dental, estética dental y todas aquellas actividades relacionadas con la salud bucal. 10.- Asimismo, la sociedad podrá instalar, administrar y explotar clínicas, centros médicos y odontológicos, laboratorios dentales, centros de diagnóstico y tratamiento, pudiendo contratar profesionales de la salud y personal técnico necesario para el desarrollo de sus actividades. 11.- Igualmente podrá dedicarse a la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de equipos, insumos, instrumental y productos odontológicos, médicos y de estética facial; desarrollar actividades de capacitación, investigación y perfeccionamiento en materias relacionadas con la odontología y la salud

Administración

doña MARÍA GISSELLE NARANJO SEPULVEDA. Con amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNÁN FUENTES ACEVEDO, abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Curicó, con oficio en calle Carmen Nº 489 de esta ciudad, certifica: Que por escritura pública de fecha 5 de Marzo de 2026 Repertorio N°653-2026 otorgada ante mi: don GONZALO ANDRÉS MORGADO DÍAZ, chileno, ingeniero comercial, soltero, cédula de identidad número 15.330.539-0, representado por doña MARÍA GISSELLE NARANJO SEPULVEDA, chilena, soltera, abogada, cédula de identidad número 17.155.451-9, ambos domiciliados en El Farolero N°22, Comuna de Curicó, según se acredita con mandato general otorgado con fecha 22 de Septiembre de 2025, ante Notario de Curicó don Hernán Fuentes Acevedo, Repertorio N°3176-2025; constituyo sociedad por acciones Nombre: “CLÍNICA ESTÉTICA y DENTAL LIV SpA”, pudiendo usar para todos los efectos, el nombre de fantasía: “LIV SpA”.- Domicilio: Providencia en la Región Metropolitana, sin perjuicio de que ésta pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos dentro o fuera del territorio de la República de Chile..- Duración: La duración de la Sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los Socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la presente escritura, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: El objeto de la sociedad será: 1.- Prestar servicios de medicina estética, dermatológica y cosmetológica, incluyendo diagnósticos, evaluaciones y tratamientos faciales y corporales no invasivos o mínimamente invasivos, realizados por profesionales de la salud debidamente habilitados; 2.- Realizar procedimientos estéticos faciales y corporales, tales como limpiezas profundas, peelings químicos, microdermoabrasión, tratamientos con ácido hialurónico, toxina botulínica (Botox), mesoterapia, radiofrecuencia, láser, IPL, y otros procedimientos estéticos aprobados por la autoridad sanitaria; 3.- Administrar, operar y gestionar una clínica o centro de estética, incluyendo reserva de turnos, atención al paciente, venta de productos dermo cosméticos y servicios complementarios; 4.- Comercializar y aplicar productos médicos y cosméticos autorizados, tales como sustancias de uso médico-estético, productos de cuidado de la piel, sueros, cremas, y otros insumos vinculados al rubro; 5.- Contratar profesionales de la salud, técnicos y personal auxiliar, así como suscribir convenios con terceros, clínicas y redes de salud para la prestación de servicios médicos y estéticos; 6.- Realizar actividades de investigación, capacitación y perfeccionamiento en materia de medicina estética y cosmetología, incluyendo la organización de cursos, talleres, seminarios y eventos vinculados al área; 7.- Adquirir, poseer, arrendar y disponer de bienes muebles e inmuebles, necesarios para el desarrollo de su actividad; 8.- Efectuar toda otra actividad comercial, industrial, financiera, civil o mobiliaria, que sea necesaria, útil o complementaria al giro principal y que no se encuentre expresamente prohibida por la ley. 9.- Prestar servicios profesionales en el área de la salud, especialmente servicios odontológicos integrales, incluyendo diagnóstico, prevención, tratamiento y rehabilitación bucal en todas las especialidades de la odontología, tales como odontología general, ortodoncia, implantología, periodoncia, endodoncia, odontopediatría, rehabilitación oral, cirugía maxilofacial, radiología dental, estética dental y todas aquellas actividades relacionadas con la salud bucal. 10.- Asimismo, la sociedad podrá instalar, administrar y explotar clínicas, centros médicos y odontológicos, laboratorios dentales, centros de diagnóstico y tratamiento, pudiendo contratar profesionales de la salud y personal técnico necesario para el desarrollo de sus actividades. 11.- Igualmente podrá dedicarse a la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de equipos, insumos, instrumental y productos odontológicos, médicos y de estética facial; desarrollar actividades de capacitación, investigación y perfeccionamiento en materias relacionadas con la odontología y la salud.- Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $2.000.000 dos millones de pesos chilenos, el que estará dividido en cien acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor. El capital se paga en su totalidad en este acto y en dinero en efectivo. El total de las cien acciones son íntegramente suscritas y pagadas por don Gonzalo Andrés Morgado Díaz.- Administración: doña MARÍA GISSELLE NARANJO SEPULVEDA. Con amplias facultades. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Curicó, 5 de Marzo de 2026.