MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD GASTRONÓMICA LA BIFERÍA LIMITADA

RUT 76080326-K CVE 2788492
Fecha instrumento
28 de enero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de enero de 2026
Notario
MARÍA SOLEDAD LÁSCAR MERINO
Oficio
Trigésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

Se modifica la cláusula de administración, la cual corresponderá a dos cualesquiera de los socios actuando conjuntamente. En virtud de esta modificación, don Christian Manuel Torres Teuber queda facultado para administrar la sociedad siempre que actúe conjuntamente con cualquiera de los otros dos socios, o bien, estos dos últimos actuando conjuntamente entre sí. En lo no modificado rige pacto social primitivo y sus modificaciones posteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LÁSCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, local diez, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de enero de 2026, ante mí, bajo el Repertorio número 4.900-2026, doña MARÍA DE LA PAZ HIRIART MORÁN, don PABLO JAVIER TORLASCHI ARANDA y don CHRISTIAN MANUEL TORRES TEUBER, todos domiciliados para estos efectos en el oficio de la Notaria autorizante, acordaron la modificación de la sociedad "SOCIEDAD GASTRONÓMICA LA BIFERÍA LIMITADA", pudiendo usar nombre de fantasía "LA BIFERÍA LTDA.", 1. Cesión de Derechos: Doña María de la Paz Hiriart Morán y don Pablo Javier Torlaschi Aranda, venden, ceden y transfieren una parte de sus derechos sociales a don Christian Manuel Torres Teuber, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en las proporciones y precios señalados en escritura extractada. En virtud de lo anterior, se incorpora como socio don Christian Manuel Torres Teuber, manteniéndose en la sociedad los cedentes con sus participaciones remanentes. 2. Capital Social: Se sustituye la cláusula relativa al capital y distribución de derechos, estableciendo que el capital social pertenecerá a los socios en las siguientes proporciones: uno) Doña María de la Paz Hiriart Morán: 63% de los derechos sociales; dos) Don Pablo Javier Torlaschi Aranda: 27% de los derechos sociales; y tres) Don Christian Manuel Torres Teuber: 10% de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. 3. Administración y Uso de la Razón Social: Se modifica la cláusula de administración, la cual corresponderá a dos cualesquiera de los socios actuando conjuntamente. En virtud de esta modificación, don Christian Manuel Torres Teuber queda facultado para administrar la sociedad siempre que actúe conjuntamente con cualquiera de los otros dos socios, o bien, estos dos últimos actuando conjuntamente entre sí. En lo no modificado rige pacto social primitivo y sus modificaciones posteriores.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de marzo de 2026.