SERVICIOS DE CAPACITACIÓN BALANCE VITAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de febrero de 2026
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO WALDO ARENAS BENONI, Abogado, Notario Titular de La Cisterna, Gran Avenida J.M. Carrera N° 7.930, certifico que por escritura pública del 04-02-2026, ante mí: doña GERALDINE SALOME TRAVERSO MATAMALA, doña MARIA JOSE APABLAZA ARELLANO, don SEBASTIÁN ANDRÉS VARGAS GUERRA, don MARIO ALEJANDRO VERGARA CUADRA, y don ALONSO PEÑA BAEZA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Once de Septiembre N° 2214, oficina 85, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “SERVICIOS DE CAPACITACIÓN BALANCE VITAL LIMITADA”, constituida con fecha 31-03-2011, mediante escritura pública otorgada ante el Notario de Santiago, Clovis Toro Campos. Su extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 17.032, N° 12.883, año 2011. Cesión de Derechos. Doña Geraldine Salomé Traverso Matamala y don Mario Alejandro Vergara Cuadra, cada uno dueño del 25% del haber social, ceden, venden y transfieren la totalidad de su participación de la siguiente manera: Uno: Doña María José Apablaza Arellano adquiere un 15% adicional, quedando con un 40% del total social; Dos: Don Sebastián Andrés Vargas Guerra adquiere un 15% adicional, quedando con un 40% del total social; Tres: Don Alonso Peña Baeza adquiere un 20% de los derechos sociales, ingresando en este acto a la sociedad. El precio de estas cesiones es la suma de $500.000, por cada uno socio que se retira, monto que es pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo. Modificación de Estatutos. Actuales socios doña María José Apablaza Arellano, don Sebastián Andrés Vargas Guerra y don Alonso Peña Baeza, modifican los estatutos en los siguientes puntos: Uno: CAPITAL SOCIAL (Modificación de Cláusula Quinta): El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, pagado en las siguientes proporciones: Doña María José Apablaza Arellano: el 40%, equivalente a $800.000; Don Sebastián Andrés Vargas Guerra: el 40%, equivalente a $800.000, y Don Alonso Peña Baeza: el 20%, equivalente a $400.000. Dos: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL (Modificación de Cláusula Octava): La administración, representación y el uso de la razón social, con las mismas facultades contenidas en la escritura de constitución de la sociedad que se modifica, corresponderá conjuntamente a doña MARÍA JOSÉ APABLAZA ARELLANO y a don SEBASTIÁN ANDRÉS VARGAS GUERRA, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, y quienes anteponiendo la razón social a su o sus firmas representarán a la sociedad con todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula octava de la escritura de constitución original. Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 23 de marzo de 2026.