Remates Persa SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2026
- Repertorio
- 19633-2026
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5.841, comuna de La Reina CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 4 de marzo de 2026, número de repertorio 19.633-2026, otorgada ante el Notario Suplente Gonzalo Prieto Magnolfi, Eduardo Luis Peldoza Navarro, domiciliado en Avenida Cristóbal Colón N°4484, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y de paso por ésta; y Mauricio Enrique García García, domiciliado en calle Martín de Zamora N°4237, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y de paso por ésta, en su calidad de únicos y actuales socios de REMATES PERSA SpA, conforme al Registro de accionistas que tuve a la vista, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 3.793, N°2.276, del año 2016, RUT: 76.520.318-K, otorgaron escritura de saneamiento de modificación sociedad por acciones de fecha 15 de noviembre de 2024, número de repertorio 52.705-2024, otorgada ante la Notario Suplente Verónica Isabel González Dávila, del Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago María Soledad Lascar Merino, por falta de publicación del extracto de la escritura de modificación en tiempo oportuno. Para reflejar el saneamiento de escritura de modificación sociedad por acciones, en la cláusula CUARTA se expone: “Saneamiento. Por lo expuesto en las cláusula precedentes, y atendido lo dispuesto en el artículo trescientos cincuenta y cuatro del Código de Comercio, en cuanto al plazo para publicar el extracto de la escritura en el Diario Oficial e inscribir en el Conservador de Comercio el respectivo extracto de la escritura de modificación social, los comparecientes, estando debidamente facultados, en este acto, y de conformidad a los artículos dos, tres, cuatro y nueve de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, vienen en sanear el vicio de falta oportuna de publicación de extracto en el Diario Oficial de la escritura de modificación social reseñado en la Cláusula Segunda de este instrumento, ratificando en este acto su voluntad contenida en la escritura de modificación social suscrita con fecha quince de noviembre del año dos mil veinticuatro, repertorio número cincuenta y dos mil setecientos cinco guion dos mil veinticuatro, otorgada ante la Notario Suplente doña Verónica Isabel González Dávila del Notario Público Titular de la treinta y ocho Notaría de Santiago, doña María Soledad Lascar Merino, e inscrita a fojas cien mil doscientos sesenta y ocho, número cuarenta mil doscientos uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veinticuatro, ratificándose en este acto la voluntad de los socios contenida en ella”. Demás estipulaciones en la escritura extractada y que no son materia de extracto. En todo lo no modificado rigen plenamente los estatutos vigentes. Se facultó al portador del extracto respectivo para requerir las inscripciones, subinscripciones, anotaciones y publicaciones que sean pertinentes. Santiago, 23 de marzo de 2026.