Instrumento
- Fecha
- 10 de marzo de 2026
- Repertorio
- 1044-2026
- Notario
- FRANCISCO ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- Décimo Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Objeto social
Inversión en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos, valores y efectos de comercio, participación en sociedades, comunidades o asociaciones, empresas y establecimientos de comercio, bienes raíces, rurales y urbanos, patentes mineras, derechos de agua, concesiones marítimas, marcas, licencias sobre marcas, programas computacionales y modelos de ingeniería; adquirirlos, enajenarlos, darlos en arrendamiento, licenciarlos, franquiciarlos, administrarlos y percibir los frutos, intereses y toda clase de ganancias que generen esas inversiones
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández Nº201, oficinas 101 y 102, Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de marzo de 2026, Repertorio Nº1.044-2026, otorgada ante mí, don CARLOS ALBERTO MORGADO CANTO, cédula de identidad N°8.355.224-7, domicilio Avenida Eduardo Castillo Velasco 1405, comuna de Ñuñoa, Region Metropolitana, constituyó sociedad por acciones: Nombre: INVERSIONES MORGADO SpA. Objeto: Inversión en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos, valores y efectos de comercio, participación en sociedades, comunidades o asociaciones, empresas y establecimientos de comercio, bienes raíces, rurales y urbanos, patentes mineras, derechos de agua, concesiones marítimas, marcas, licencias sobre marcas, programas computacionales y modelos de ingeniería; adquirirlos, enajenarlos, darlos en arrendamiento, licenciarlos, franquiciarlos, administrarlos y percibir los frutos, intereses y toda clase de ganancias que generen esas inversiones. Capital: $10.000.000, dividido 1.000 acciones nominativas, una sola serie, sin valor nominal, todas suscritas, que se pagarán en 3 años desde fecha de escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de marzo de 2026.