CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA KB LIMITADA

RUT 12720191-9 CVE 2788174
Capital
$6.000 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Notario
CARLOS ALBERTO ALARCON LARA
Oficio
Vigésimo Segunda Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000 CLP
Domicilio
La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares o ciudades del país, e inclusive del extranjero. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos
Duración
Cinco años, contados desde fecha pacto social, plazo renovará tácita y sucesivamente períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma que da cuenta el pacto social. En caso de fallecimiento de socio, sociedad no se disuelve

Administración

Corresponderá a los socios don JORGE GUILLERMO KINDERMANN BUSHELL y don NICOLÁS ALFREDO KINDERMANN BUSHELL, quienes podrán actuar indistinta y separadamente, facultades escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ALBERTO ALARCON LARA, Notario Público Interino de la Vigésimo Segunda Notaria de Santiago, con oficio y domicilio en Avenida El Bosque Norte número cero cuarenta y siete, Las Condes, Certifico: Que, por escritura pública de fecha 17 de Marzo de 2.026, Rep. N° 263- 2026, ante mí, don JORGE GUILLERMO KINDERMANN BUSHELL, chileno, casado bajo régimen de separación total de bienes, ingeniero civil, cédula de identidad número 12.720.191-9, con domicilio en calle Parque número 12.700 casa 42, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña VANESA ALEJANDRA KINDERMANN BUSHELL, chilena, casada bajo régimen de separación total de bienes, periodista, cédula de identidad número 13.028.648-8, con domicilio en calle Domingo Bondi número 925 departamento 703, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y don NICOLÁS ALFREDO KINDERMANN BUSHELL, chileno, soltero, nutricionista, cédula de identidad número 13.882.829-8, con domicilio en calle Ángel Cruchaga Santa María número 55 departamento 1.003, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “INVERSIONES E INMOBILIARIA KB LIMITADA”. Nombre de fantasía, “INVERSIONES KB LTDA.”. El objeto de la sociedad será: el ejercicio de la actividad comercial en su forma más amplia, especialmente la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, efectos de comercio y valores. Por vía meramente ejemplar: acciones, bonos, debentures, participaciones en fondos, depósitos y efectos de comercio emitidos por institutos públicos o empresas privadas, derechos en sociedades y en general, invertir en cualquier clase de valores inmobiliarios, administrarlos y percibir sus frutos; la realización de inversiones y proyectos inmobiliarios, incluyendo la adquisición, enajenación, comercialización, loteo, subdivisión, urbanización, construcción, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje y explotación a cualquier título — incluyendo la modalidad de leasing, hotelera y turística— de toda clase de bienes inmuebles, ya sean urbanos o rústicos, propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; la explotación comercial más amplia de los desarrollos urbanísticos y construcciones realizados por la sociedad, aprovechamiento que podrá ser efectuado directamente o mediante administradores, pudiendo también contratar licencias, orientaciones y consejos especializado de empresas nacionales o extranjeras expertas en los diferentes campos comerciales que interesen a la sociedad y, en general, suscribir cualquier convenio con empresas, compañías de seguros, autoridades, bancos, u otras entidades financieras, tendientes a la consecución de los objetivos sociales; podrá asimismo, vender total o parcialmente los lotes o terrenos resultantes de su gestión inmobiliaria o vender el todo o parte de las unidades que integren las edificaciones productos del ejercicio de ese giro y volver a adquirir todos o parte de estos bienes raíces, si ello resultare posible o conveniente; la compraventa y administración de marcas y patentes comerciales e industriales, la importación y exportación de toda clase de materias primas y productos manufacturados, elaborados o semi elaborados, la representación de empresas en Chile y en el extranjero, y la comercialización y distribución de sus productos al detalle o al por mayor; el transporte terrestre en el país o en el extranjero, en vehículos propios o ajenos; la concertación y ejecución de todos los actos, contratos y negocios que sean necesarios o de utilidad para los intereses sociales, y en general, toda actividad o negociación que acuerden los socios y se estime de interés para la sociedad. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o, asociada o en coparticipación con terceros. Administración: Corresponderá a los socios don JORGE GUILLERMO KINDERMANN BUSHELL y don NICOLÁS ALFREDO KINDERMANN BUSHELL, quienes podrán actuar indistinta y separadamente, facultades escritura extractada. Capital: $6.000.000 los que se enteran y aportan a la caja social en este acto y en dinero efectivo de la siguiente forma: a) Don JORGE GUILLERMO KINDERMANN BUSHELL, aporta la suma de $1.980.000, equivalentes al 33% de los derechos sociales; b) Doña VANESA ALEJANDRA KINDERMANN BUSHELL, aporta la suma de $2.040.000, equivalentes al 34% de los derechos sociales y c) Don NICOLÁS ALFREDO KINDERMANN BUSHELL, aporta la suma de $1.980.000, equivalentes al 33% de los derechos sociales. Duración: Cinco años, contados desde fecha pacto social, plazo renovará tácita y sucesivamente períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma que da cuenta el pacto social. En caso de fallecimiento de socio, sociedad no se disuelve. Domicilio social: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares o ciudades del país, e inclusive del extranjero. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 20 de Marzo de 2.026.