CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA SOL Y LUNA II LIMITADA

RUT 76019964-8 CVE 2788183
Capital
$54.036.373 CLP
Fecha instrumento
11 de marzo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de marzo de 2026
Repertorio
884-2026
Notario
ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
Oficio
Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$54.036.373 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
La duración de la sociedad será hasta el día 30 de mayo del año 2026, fecha en la cual se extinguirá y disolverá de pleno derecho, sin necesidad de realizar declaración o acto posterior alguno, en virtud de lo establecido en el artículo 2.100 del Código Civil. Lo anterior

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá a don MOISÉS MIGUEL SZEWKIS GINZBURG y a doña ROSA FLORA SABAH TELIAS, quienes, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la Sociedad con las facultades que se señalan en escritura extractada. La división de INMOBILIARIA Y GASTRONOMÍA SOL Y LUNA LIMITADA se extracta de forma separada

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA Y GASTRONOMÍA SOL Y LUNA LIMITADA socio 76019964-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, abogado, Notario Público Titular de la Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia N°873, comuna de Independencia, certifica: Que, por escritura pública de fecha 11 de marzo del año 2026, bajo el Repertorio N°884-2026, otorgada ante mí, doña ROSA FLORA SABAH TELIAS, don EITAN ABY SZEWKIS SABAH, don YONATAN SAMUEL SZEWKIS SABAH, don EYAL SHAI SZEWKIS SABAH y doña TALI TERESA SZEWKIS SABAH, todos domiciliados para estos efectos en calle Marchant Pereira N°339, comuna de Providencia, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INMOBILIARIA Y GASTRONOMÍA SOL Y LUNA LIMITADA, Rol Único Tributario N°76.019.964-8, inscrita a fojas 18.885 N°12.810 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2008, acordaron dividir dicha sociedad manteniendo su razón social y personalidad jurídica, y constituyendo como consecuencia de su división, una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada INMOBILIARIA SOL Y LUNA II LIMITADA, cuyo estatuto extractado es el siguiente: RAZÓN SOCIAL: La razón social de la sociedad será “INMOBILIARIA SOL Y LUNA II LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, la sigla o nombre de fantasía de “SOL Y LUNA LTDA.”. DOMICILIO: Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión, tanto en Chile como en el exterior, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; su administración; arriendo, subarriendo y la percepción de los frutos o rentas que ellos generen; b) La compra, venta, arriendo y explotación, por cuenta propia o de terceros, de bienes raíces, sean éstos urbanos o rurales; c) La realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia, de terceros o en conjunto con ellos, tanto en el país como en el extranjero, en toda clase de negocios comerciales, industriales o simplemente de inversión, en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, formando e integrando sociedades, en efectos de comercio y valores mobiliarios, pudiendo actuar libremente en el mercado bursátil, de capitales o financiero; d) Constituir, formar, participar o adquirir participación en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en el país o fuera de éste; e) Planificar, desarrollar, coordinar, organizar y ejecutar todo tipo de proyectos o negocios de cualquier índole, por cuenta propia o de terceros; f) Prestar toda clase de asesorías a empresas o instituciones, sean éstas públicas o privadas, e incluso a personas naturales con relación a la administración, finanzas y, en general, cualquier materia que tenga relevancia para el buen desempeño de una empresa; y, g) En general, realizar todo otro tipo de actividades afines, similares, complementarias o relacionadas con las anteriormente indicadas y la realización de los demás negocios que los socios de común acuerdo determinen. DURACIÓN: La duración de la sociedad será hasta el día 30 de mayo del año 2026, fecha en la cual se extinguirá y disolverá de pleno derecho, sin necesidad de realizar declaración o acto posterior alguno, en virtud de lo establecido en el artículo 2.100 del Código Civil. Lo anterior, sin perjuicio de las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que sean procedentes en los Registros del Conservador de Bienes Raíces pertinente. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $54.036.373, que los socios han aportado y pagado en las siguientes proporciones: a) doña ROSA FLORA SABAH TELIAS, el 50% del capital social, ya ingresado en arcas sociales; b) don EITAN ABY SZEWKIS SABAH, el 12,5% del capital social, ya ingresado en arcas sociales; c) don YONATAN SAMUEL SZEWKIS SABAH, el 12,5% del capital social, ya ingresado en arcas sociales; d) don EYAL SHAI SZEWKIS SABAH, el 12,5% del capital social, ya ingresado en arcas sociales; y, e) doña TALI TERESA SZEWKIS SABAH, el 12,5% del capital social, ya ingresado en arcas sociales. ADMINISTRACIÓN: La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá a don MOISÉS MIGUEL SZEWKIS GINZBURG y a doña ROSA FLORA SABAH TELIAS, quienes, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la Sociedad con las facultades que se señalan en escritura extractada. La división de INMOBILIARIA Y GASTRONOMÍA SOL Y LUNA LIMITADA se extracta de forma separada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 17 de marzo del año 2026.