CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Costa Valle SpA

RUT 14010700-K CVE 2788580
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de febrero de 2026
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de febrero de 2026
Repertorio
7113-2026
Notario
nacional número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de esta ciudad

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tiene por

Administración

Corresponde a José Miguel Rebolledo Chaparro y Danilo Iván Pozo Chaparro, en forma conjunta, según facultades de los estatutos. Las

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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doña MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad nacional número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Isidora Goyenechea tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 6 de febrero de 2026, Repertorio N° 7113-2026, ante mí, José Miguel Rebolledo Chaparro, C.I. N° 14.010.700-k, domiciliado en Ricardo Lyon N° 3600, Dp. 901, Ñuñoa, y Danilo Iván Pozo Chaparro, C.I. N° 15.961.309-7, domiciliado en Estrella Solitaria N° 4761, Dp. 501, Ñuñoa, constituyeron sociedad por acciones. Razón social: “Inmobiliaria Costa Valle SpA”, nombre de fantasía “Inmobiliaria Costa Valle”. Objeto: La sociedad tiene por objeto: Uno) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes, Dos) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales. Duración: Indefinida. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000.000.- de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el que se entera, paga y suscribe de la manera que sigue: don José Miguel Rebolledo Chaparro, entera, paga y suscribe 500.000.- acciones en $500.000.-, y don Danilo Iván Pozo Chaparro, entera, paga y suscribe 500.000.- acciones en $500.000.-, ambos al contado y en dinero en efectivo, que ingresa a caja social, quedando en consecuencia el capital y las acciones íntegramente suscrito y pagado. Administración: Corresponde a José Miguel Rebolledo Chaparro y Danilo Iván Pozo Chaparro, en forma conjunta, según facultades de los estatutos. Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago 23 de marzo del 2026.-