MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

COMERCIO CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA E.I.R.L.

RUT 76485453-5 CVE 2788449
Fecha instrumento
20 de marzo de 2026

Instrumento

Fecha
20 de marzo de 2026
Repertorio
506
Notario
PAMELA ASTORGA PAEZ
Domicilio
San Javier

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente al constituyente don CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA, quien actuando individualmente y anteponiendo la razón social a su firma la representará con las más amplias facultades. Capital de la sociedad es la suma de nueve millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas que se suscriben y pagan en este acto, dado que el aporte se entera con la entrega de los derechos que don CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA mantenía en la sociedad que en este acto se transforma. En virtud de tal aporte, el constituyente se da por titular de cien acciones suscritas y pagadas, que representan el cien por ciento del capital estatutario de la sociedad. De conformidad con lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario y considerando que la sociedad “PERPAR SpA” nacerá a partir de la transformación de la sociedad “COMERCIO CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA EIRL” o “PERPAR EIRL” , la compareciente establece y acepta que la empresa “COMERCIAL PERPAR SpA”, se haga solidariamente responsable de todos los impuestos que se pudieren adeudar por parte de “COMERCIO CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA E.I.R.L.” o “PERPAR E.I.R.L.” al momento de verificarse la presente transformación. De acuerdo con lo previsto en el artículo catorce de la Ley que autoriza el establecimiento de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, el compareciente antes indicado declara que la sociedad “ COMERCIAL PERPAR SpA” es la continuadora legal de la empresa “COMERCIO CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA E.I.R.L.” O “PERPAR E.I.R.L." para todos los efectos legales que sean procedentes y, en especial, goza de su misma personalidad jurídica. Asimismo, consiente para que la nueva sociedad haga suya y asuma en su favor y cargo todas las operaciones comerciales y contables que se hubieren efectuado por parte de “COMERCIO CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA E.I.R.L.” O “PERPAR E.I.R.L." operaciones que se entenderá haber sido realizadas por la sociedad “COMERCIAL PERPAR SpA” desde un principio

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAMELA ASTORGA PAEZ, Notario Público de San Javier, y Villa Alegre con oficio en calle Sargento Aldea número 2625, certifica por escritura pública de fecha 20 de marzo de 2026, repertorio N° 506, ante mí, don CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA, chileno, soltero, cuarenta y dos años de edad, empresario, cédula nacional de identidad número 15.672.521-8, con domicilio Calle Chorrillos número 636, de la comuna de San Javier, provincia de Linares, transformación de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada a sociedad por acciones Antecedentes.- El compareciente es dueño de la sociedad “COMERCIO CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA E.I.R.L.” o “PERPAR E.I.R.L.”, empresa del giro de su denominación, Rut 76.485.453-5, se constituyó por escritura pública otorgada ante Notario de San Javier Titular don Fernando Coloma Amaro, con fecha veintisiete de julio de dos mil quince. Un extracto de esa escritura fue inscrito, con fecha tres de agosto de dos mil quince a fojas setenta y una vuelta, número setenta y dos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Javier, correspondiente al año dos mil quince. El mismo extracto se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y un mil doscientos diecinueve, de fecha veintinueve de julio de dos mil quince. El capital estatutario quedó establecido en la suma de nueve millones de pesos.- La empresa no presenta modificaciones posteriores; CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA, dueño de la totalidad de los derechos sobre la sociedad objeto de modificación, procede a la transformación de la misma, en total conformidad con lo que establecen los artículos catorce de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, el artículo noventa y siete de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, todo relación con el inciso segundo parte final del artículo cuatrocientos veinticuatro del Código de Comercio Transformación de la Sociedad.- Como consecuencia de lo anterior, CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA, constituye en este acto SOCIEDAD POR ACCIONES (SpA.) El nombre de la sociedad será “COMERCIAL PERPAR SpA.”, domicilio será la ciudad de SAN JAVIER, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. La duración de la sociedad será indefinida. El objeto de la sociedad será: el comercio, compraventa permuta de artículos de ferretería, repuestos automotrices y maquinaria, materiales para la construcción madera, productos del mar, forestales, agrícolas frutícolas hortalizas frutos del país ya sea como materia prima, elaborados y o procesados; venta al por menor de alimentos en comercios especializados (almacenes pequeños y minimarket); venta al por menor en comercios especializados de carne y productos cárnicos; venta al por menor en comercios especializados de frutas y verduras (verdulerías); venta al por menor en comercios especializados de pescado, mariscos y productos conexos; venta al por menor en comercios especializados de productos de panadería y pastelería; venta al por menor en comercios especializados de huevos, confites y productos alimenticios.; venta al por menor de bicicletas y sus repuestos en comercios especializados; venta al por menor de otros artículos y equipos de deporte.; venta al por menor de juegos y juguetes en comercios especializado, y todas las demás actividades que se puedan presentar en el futuro sin que sea necesario acreditar este hecho ante terceros. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente al constituyente don CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA, quien actuando individualmente y anteponiendo la razón social a su firma la representará con las más amplias facultades. Capital de la sociedad es la suma de nueve millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas que se suscriben y pagan en este acto, dado que el aporte se entera con la entrega de los derechos que don CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA mantenía en la sociedad que en este acto se transforma. En virtud de tal aporte, el constituyente se da por titular de cien acciones suscritas y pagadas, que representan el cien por ciento del capital estatutario de la sociedad. De conformidad con lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario y considerando que la sociedad “PERPAR SpA” nacerá a partir de la transformación de la sociedad “COMERCIO CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA EIRL” o “PERPAR EIRL” , la compareciente establece y acepta que la empresa “COMERCIAL PERPAR SpA”, se haga solidariamente responsable de todos los impuestos que se pudieren adeudar por parte de “COMERCIO CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA E.I.R.L.” o “PERPAR E.I.R.L.” al momento de verificarse la presente transformación. De acuerdo con lo previsto en el artículo catorce de la Ley que autoriza el establecimiento de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, el compareciente antes indicado declara que la sociedad “ COMERCIAL PERPAR SpA” es la continuadora legal de la empresa “COMERCIO CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA E.I.R.L.” O “PERPAR E.I.R.L." para todos los efectos legales que sean procedentes y, en especial, goza de su misma personalidad jurídica. Asimismo, consiente para que la nueva sociedad haga suya y asuma en su favor y cargo todas las operaciones comerciales y contables que se hubieren efectuado por parte de “COMERCIO CARLOS ALBERTO PARRA ZAPATA E.I.R.L.” O “PERPAR E.I.R.L." operaciones que se entenderá haber sido realizadas por la sociedad “COMERCIAL PERPAR SpA” desde un principio. Demás estipulaciones, en escritura extractada.- San Javier 23 de marzo de 2026.-