MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS DK LIMITADA

RUT 77350546-2 CVE 2788958
Fecha instrumento
11 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de marzo de 2026
Repertorio
868-2026
Notario
ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
Oficio
Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, Notario Público Titular de la Notaria de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, según decreto N°44 de fecha 18 de abril del año 2024, del departamento judicial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con domicilio en Avenida Independencia N° 873, comuna de Independencia, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de marzo de 2026, Repertorio Nº 868-2026, ante el Notario Titular, CLAUDIA KRAEMER GARFE, cédula nacional de identidad número 8.322.830-K, FLORENCIA DANÚS KRAEMER, cédula nacional de identidad número 18.392.749-3, JOSEFA DANÚS KRAEMER, cédula nacional de identidad número 19.246.646-6, ALEJANDRO DANÚS CHIRIGHIN, cédula de identidad número 9.250.701-7, en representación de don ALEJANDRO DANÚS KRAEMER, cédula de identidad número 17.599.204-9, todos con domicilio en Málaga número 85, oficina 102, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad ASESORÍAS DK LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada en la Notaría de Villarrica de don Francisco Javier Muñoz Flores con fecha 29 de enero de 2021, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 14.156 número 6.599 del año 2021 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 18 de febrero de 2021. Socios actuales: doña CLAUDIA KRAEMER GARFE, doña FLORENCIA DANÚS KRAEMER, doña JOSEFA DANÚS KRAEMER y don ALEJANDRO DANÚS KRAEMER, quienes acordaron modificar los estatutos de la sociedad, en lo relativo a la administración y al uso de la razón social, incorporando la figura de un Gerente General a la estructura de administración, mediante la inclusión en los Estatutos de un nuevo artículo quinto bis, el que quedó como sigue: “ARTÍCULO QUINTO BIS: Del Gerente General. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo Quinto anterior, la Sociedad tendrá un Gerente General, quien contará con todas las facultades de administración y uso de la razón social conferidas en dicho artículo, sin limitaciones, pudiendo ejercerlas actuando por sí solo y obligando válidamente a la Sociedad. El Gerente General será designado por los socios y se mantendrá en el cargo mientras cuente con su confianza, pudiendo ser removido en cualquier tiempo por acuerdo de los socios adoptado con el quórum establecido en estos Estatutos.” Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, Independencia, a 20 de marzo de 2026.