CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES LISBOA SpA

RUT 10469911-1 CVE 2787830
Fecha instrumento
20 de marzo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
20 de marzo de 2026
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Administración

La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, será ejercida por la persona que designe, en calidad de administrador o Gerente, la Junta de Accionistas, por mayoría absoluta, cuyo acuerdo deberá ser reducido a escritura pública. La administración de la sociedad será administrada por un Gerente General. El Gerente General será designado en estos estatutos, cuya individualización es: Carmen Carolina Lisboa Vidal, cédula nacional de identidad número diez millones cuatrocientos sesenta y nueve mil novecientos once guion uno, quien podrá ejercer por sí sola, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42º Notaría de Santiago, Apoquindo Nº 3.001, 2º piso, certifica: por escritura pública ante mí de fecha 19 de Marzo del 2026: Carmen Carolina Lisboa Vidal, chilena, divorciada, dependiente, cédula nacional de identidad N°10.469.911-1 domiciliada en calle Finlandia 1780, comuna de Vitacura, de la ciudad de Santiago; viene en este acto en constituir la Sociedad por Acciones denominada “INVERSIONES LISBOA SpA” cuyo objeto o giro principal será de esta sociedad es compra, venta, importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales; la inversión en toda clase de títulos, acciones, bonos, valores mobiliarios y derechos sociales, sea formando sociedades o incorporándose en otras; la representación de empresas nacionales o extranjeras; la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces y su explotación y el desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios; dar y tomar en arrendamiento, leasing, concesión u otra forma de tenencia de toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles; la prestación de servicios, asesorías y consultorías en materias inmobiliarias y de inversiones, y el transporte de toda clase de carga en vehículos propios o ajenos. b) y en general cualquier acto, negocio o actividad relacionada o no con las anteriores que acuerden los socios. - Administración: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, será ejercida por la persona que designe, en calidad de administrador o Gerente, la Junta de Accionistas, por mayoría absoluta, cuyo acuerdo deberá ser reducido a escritura pública. La administración de la sociedad será administrada por un Gerente General. El Gerente General será designado en estos estatutos, cuya individualización es: Carmen Carolina Lisboa Vidal, cédula nacional de identidad número diez millones cuatrocientos sesenta y nueve mil novecientos once guion uno, quien podrá ejercer por sí sola, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. Capital: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, divididos en 100 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se dirá en las disposiciones transitorias. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. Cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente pudiendo en las elecciones que se realicen en las juntas acumular sus votos en favor de una sola persona o distribuirlos en la forma que estime conveniente. Duración: Indefinida a contar de esta fecha, Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. Demás estipulaciones en escritura social. Santiago, 20 de marzo de 2026.-