Compañía de Inversiones Santa Cristina Sociedad Anónima
Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2026
- Repertorio
- 967-2026
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago con oficio en La Concepción 65
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de enero de 2026, Repertorio N° 967-2026 ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad COMPAÑÍA DE INVERSIONES SANTA CRISTINA SOCIEDAD ANÓNIMA. El presidente manifiesta que la convocatoria a esta Junta Extraordinaria de Accionistas tiene por objeto, someter a decisión y eventualmente el saneamiento de la escritura de constitución de la sociedad de fecha 14 de marzo del año 2008, otorgada ante el notario público de Santiago don Eduardo Avello Concha repertorio número 4.149-2008, en el siguiente sentido: La cláusula de capital de la sociedad, contenida en el Artículo Quinto permanente del pacto social señala que: “Artículo Quinto.- Capital Social y Acciones.- El capital de la sociedad asciende a la suma de setenta millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal. No obstante, el capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho, cada vez que la Junta Ordinaria de Accionistas apruebe el balance de un ejercicio, debiendo éste expresar el nuevo capital y el valor de las acciones, resultantes de la distribución de la revalorización del capital.” En complemento de lo anterior, el Artículo Primero Transitorio, señala lo siguiente: “TÍTULO OCTAVO.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS.- Artículo Primero Transitorio.- El capital social, ascendente a setenta millones de pesos y dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal, se suscribe y paga por los socios de la siguiente manera:…” En este punto, en lo concerniente a la suscripción y pago de las acciones de la accionista Sra. María Cristina Valenzuela Schmidt, se señaló que su aporte sería el que se indica: “UNO.- Doña María Cristina Valenzuela Schmidt, suscribe ochocientas cincuenta y dos acciones que paga con el aporte en dominio de los siguientes bienes muebles e inmuebles de los que es dueña, avaluados en conjunto y de común acuerdo en la suma de cincuenta y nueve millones quinientos mil pesos:” En el desarrollo de este Numeral UNO, concerniente a la forma de suscripción y pago del aporte de la accionista Sra. María Cristina Valenzuela Schmidt, mismo que comprende la suma global de cincuenta y nueve millones quinientos mil pesos, se ha advertido un error al momento de realizar los aportes en propiedad de los bienes corporales inmuebles y los bienes muebles (acciones) en el apartado previamente señalado. En efecto, en la sumatoria de las letras a) a la f) ambas inclusive se detecta que en la valorización de los aportes, realizada de común acuerdo por las accionistas en el acto de constitución de la sociedad, el valor total sumado de los bienes y acciones cedidos en propiedad a la sociedad es de cincuenta y nueve millones de pesos y no de cincuenta y nueve millones quinientos mil pesos, como debió ser según señala la parte inicial del Artículo Primero Transitorio previamente señalado. De esta manera, se debe corregir el detalle de los aportes y consignar en ello que dicha modificación se hace considerando que se ha incurrido en un vicio de nulidad de aquellos previstos y subsanables conforme a la hipótesis del Art. 3° letra a) de la Ley 19.499. Para tales efectos se propone a la junta modificar el literal b) del Numeral UNO, del Artículo primero transitorio que actualmente señala: “b) Departamento número cuatrocientos ocho del cuarto piso y Bodega número cincuenta del subterráneo del edificio denominado “Consejo de Indias número Dos”, con acceso por calle Consejo de Indias número mil trescientos sesenta y uno, de la Comuna de Providencia, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número tres mil ochocientos sesenta y cuatro-B al tres mil ochocientos sesenta y cuatro-E y derechos en proporción a lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno. Los adquirió a Ingeniería y Construcciones Industriales y Civiles I.C. Limitada por escritura pública de compraventa de fecha treinta y uno de Mayo de mil novecientos noventa y seis otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, encontrándose el dominio inscrito a su nombre a fojas cuarenta y tres mil quinientos treinta y nueve número cuarenta mil seiscientos veinticuatro del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y seis. Se comprende en el aporte el uso y goce del Estacionamiento número cuarenta y dos, ubicado en el primer piso del mismo Edificio. Las partes de común acuerdo asignan a estos inmuebles un valor de quince millones de pesos” Debiendo reemplazarse por el siguiente literal b): “b) Departamento número cuatrocientos ocho del cuarto piso y Bodega número cincuenta del subterráneo del edificio denominado “Consejo de Indias número Dos”, con acceso por calle Consejo de Indias número mil trescientos sesenta y uno, de la Comuna de Providencia, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número tres mil ochocientos sesenta y cuatro-B al tres mil ochocientos sesenta y cuatro-E y derechos en proporción a lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno. Los adquirió a Ingeniería y Construcciones Industriales y Civiles I.C. Limitada por escritura pública de compraventa de fecha treinta y uno de Mayo de mil novecientos noventa y seis otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, encontrándose el dominio inscrito a su nombre a fojas cuarenta y tres mil quinientos treinta y nueve número cuarenta mil seiscientos veinticuatro del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y seis. Se comprende en el aporte el uso y goce del Estacionamiento número cuarenta y dos, ubicado en el primer piso del mismo Edificio. Las partes de común acuerdo asignan a estos inmuebles un valor de quince millones quinientos mil pesos” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de marzo 2026.