CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES MORENO TORREJÓN ABOGADOS LIMITADA

CVE 2786768
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de marzo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2026
Repertorio
4331-2026
Notario
Eduardo Diez Morello
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
La sociedad comenzará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública con anticipación de a lo menos dos meses antes del fin del respectivo período

Objeto social

El objeto de la sociedad es la prestación de servicios jurídicos a personas naturales o jurídicas en el campo de la consultoría, asesoría, capacitación y auditoría; y la representación judicial y)o administrativa de todo tipo de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras. Administración y uso de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Eduardo Diez Morello, chileno, abogado, Notario Público de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359 comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública suscrita el día dieciocho de marzo del año dos mil veintiséis, Repertorio 4.331-2026, ante mí, compareció: Don PATRICIO ADEMIR MORENO TAPIA, chileno, casado en sociedad conyugal, abogado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos cuarenta mil setecientos cuarenta y cuatro guión siete, y don PAOLO LEANDRO TORREJÓN ESTEFANE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones novecientos cuarenta y dos mil setecientos veinte guión ocho, ambos domiciliados para estos efectos en calle Compañía número mil trescientos noventa, piso siete, oficina setecientos ocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana, y constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Nombre: SOCIEDAD DE PROFESIONALES MORENO TORREJÓN ABOGADOS LIMITADA o “SOCIEDAD MT LEGAL LTDA”. Objeto: El objeto de la sociedad es la prestación de servicios jurídicos a personas naturales o jurídicas en el campo de la consultoría, asesoría, capacitación y auditoría; y la representación judicial y/o administrativa de todo tipo de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras. Administración y uso de razón social: La administración, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad será ejercida indistintamente por uno cualquiera de don PATRICIO ADEMIR MORENO TAPIA y/o don PAOLO LEANDRO TORREJÓN ESTEFANE, quienes actuando individualmente y anteponiendo la razón social a su firma, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, en los términos señalados en la escritura. Capital: $1.000.000, que los socios comparecientes aportan y pagan en efectivo en partes iguales de quinientos mil pesos cada uno, correspondiente al cincuenta por ciento de los derechos sociales totales, suma de dinero que ingresa a la caja social y que los socios dan por enterados a su completa satisfacción. Distribución de las utilidades y pérdidas: Las utilidades y las pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad única y exclusivamente hasta el monto de sus respectivos aportes. Vigencia: La sociedad comenzará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública con anticipación de a lo menos dos meses antes del fin del respectivo período. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 18 de marzo de 2026.-