Instrumento
- Fecha
- 10 de marzo de 2026
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna de Zapallar
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, comuna de Providencia, Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 10 de marzo de 2026, ante mí, comparecieron: a) BRUNO LERÍA OSES, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 16.656.283-K, en representación de la sociedad INVERSIONES BAMBU LIMITADA, rol único tributario número 76.212.201-4, ambos domiciliados en Avenida Cachagua 324, comuna de Zapallar, Región de Valparaíso; b) don DIEGO MANUEL GALECIO CARRASCO, chileno, casado, arquitecto, cédula nacional de identidad número 13.434.815-1, en representación de la sociedad INMOBILIARIA NOSARA SpA, rol único tributario número 77.662.906-5, domiciliados en Pedro Canisio 1230, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; c) doña ALEJANDRA YAEL KONITZKI CALDERÓN, chilena, soltera, ingeniera comercial, cédula nacional de identidad número 16.096.384-0, en representación de la sociedad ADR SpA, rol único tributario número 77.741.216-7, domiciliados en El Bosque Norte 177, oficina 602, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; d) don JOSÉ MIGUEL HERNÁNDEZ CODOCEO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, publicista, cédula nacional de identidad número 15.035.748-9, en representación de la sociedad RALLY PRO HERNANDEZ SpA, rol único tributario número 76.404.497-5, domiciliados en Pasaje Moreno Zamarreno 1005, comuna de Casablanca, Región de Valparaíso; e) don RICARDO ESTEBAN LUNA ALANIZ, chileno, casado, profesor de educación física, cédula nacional de identidad número 10.912.568-7, en representación de la sociedad ASESOR DEPORTIVO RICARDO ESTEBAN LUNA ALANIZ E.I.R.L., rol único tributario número 76.843.072-1, domiciliados en Del Mirador 2255, departamento 1003, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad por acciones. Razón Social: “PITBULL TRAINING SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Zapallar, sin perjuicio de agencias, sucursales o representaciones que pueda establecer en el país o en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios deportivos, recreativos, de acondicionamiento físico y bienestar, incluyendo la explotación y administración de gimnasios, centros de entrenamiento, centros de belleza y espacios integrales de bienestar; así como la comercialización, importación y exportación de productos, equipamiento e implementos relacionados o complementarios; b) el desarrollo de actividades de capacitación, asesoría y difusión en materias vinculadas a su objeto; c) la comercialización, importación y exportación de productos relacionados o complementarios, tales como alimentos, bebidas, suplementos alimenticios, vestuario, calzado, accesorios y artículos afines; y d) la celebración de toda clase de actos y contratos lícitos necesarios o conducentes al cumplimiento de su objeto, pudiendo adquirir, administrar y explotar bienes muebles e inmuebles, así como participar en otras sociedades. Duración: Indefinida. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) INVERSIONES BAMBU LIMITADA suscribe y paga 200 acciones por la suma de $200.000; b) INMOBILIARIA NOSARA SpA suscribe y paga 200 acciones por la suma de $200.000; c) ADR SpA suscribe y paga 200 acciones por la suma de $200.000; d) RALLY PRO HERNANDEZ SpA suscribe y paga 200 acciones por la suma de $200.000; e) ASESOR DEPORTIVO RICARDO ESTEBAN LUNA ALANIZ E.I.R.L. suscribe y paga 200 acciones por la suma de $200.000. Las acciones se pagan al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 19 de marzo de 2026.