Mine Partner Soluciones Generales para la Minería S.A.
Instrumento
- Fecha
- 25 de febrero de 2026
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.601.588.401 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá a don ALEX HARNALDO CASTRO CASTRO, quien representará a la Sociedad con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, y con todas y cada una de las facultades y limitaciones referidas en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES VENNDO SpA | accionista | 76079652-2 | — | — | |
| ALEX HARNALDO CASTRO CASTRO | socio | 13202660-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, con domicilio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, las condes, certifico que: Por escritura pública de fecha 25 de febrero de 2026, ante mí, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada ante la Notario Público Suplente doña Patricia Rojas Morales, con fecha 19 de febrero de 2026, de la sociedad MINE PARTNER SOLUCIONES GENERALES PARA LA MINERÍA S.A., inscrita a fojas 381, número 205, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta correspondiente al año 2016, en la que el 100% de los accionistas, esto es INVERSIONES VENNDO SpA, RUT N°76.079.652-2; domiciliada para estos efectos en calle Alvaro Casanova Nº355, casa 18, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana y, don ALEX HARNALDO CASTRO CASTRO, RUT N°13.202.660-2, domiciliado para estos efectos en calle Alvaro Casanova Nº355, casa 18, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, cuestión que certifica el notario que autoriza, entre otras materias, acordaron: TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD. Acordaron transformar la sociedad en una sociedad por acciones, la que mantendrá el mismo objeto social y que se regirá de acuerdo a lo siguiente: NOMBRE: MINE PARTNER SOLUCIONES GENERALES PARA LA MINERÍA SpA. OBJETO SOCIAL: La Sociedad tendrá por objeto: a) La compra y venta, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación y fabricación, incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación, de toda clase de máquinas, maquinaria y de equipo para la industria en general, de sus accesorios y repuestos; b) La compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, arrendamiento, con o sin opción de compra, y reparación de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas, y, toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinarias, máquinas o herramientas móviles; y c) La compra y venta de repuestos y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados y todo lo relacionado con los vehículos, máquinas, maquinarias y equipos existentes en la actualidad y los que existan en el futuro. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de los accionistas para desarrollar otras actividades, negocios e inversiones que en el futuro pudieran ser acordadas. CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.601.588.401, dividido en 1.100.000 acciones, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley, íntegramente suscritas y pagadas. ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá a don ALEX HARNALDO CASTRO CASTRO, quien representará a la Sociedad con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, y con todas y cada una de las facultades y limitaciones referidas en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos. Demás estipulaciones no extractables constan en escritura extractada. Santiago, 27 de febrero de 2026.