Inversiones e Inmobiliaria Machuca SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de marzo de 2026
- Repertorio
- 286-2026
- Notario
- GILDA ELIZABETH MIRANDA CÓRDOVA
- Oficio
- Segunda Notaria Pública de Colina con Asiento en Lampa
- Comuna
- Pública de Colina con Asiento en Lampa
Sociedad
- Capital
- $51.000.000 CLP
- Domicilio
- La Comuna de Lampa
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 19.799
Objeto social
La inversión, por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes, en especial bienes inmuebles, la venta y)o enajenación de dichos bienes, el arrendamiento o constitución de usufructo, uso o habitación, la realización de cualquier forma de cesión de su uso y goce; la administración y consignación de los mismos, pudiendo percibir sus frutos, la compra, venta, arriendo, leasing, corretaje, intermediación, consignación, mensura, subdivisión, fusión, y urbanización de toda clase de bienes raíces, la realización y ejecución de proyectos inmobiliarios, y urbanísticos, la participación, gestión, inversión inmobiliaria y, en general, todo negocios o actividad relacionados con el giro o aquellas que acuerden los
Administración
La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de dos miembros. Los directores durarán tres años en sus funciones y serán elegidos en su totalidad en la Junta Ordinaria de Accionistas respectiva, o por una Extraordinaria en su caso, pudiendo ser reelegidos en forma indefinida. Queda designado como director transitorio don Enrique Celian Machuca Acevedo, quien durara en sus funciones hasta la Primera Junta General de Accionistas que debe celebrar la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGILDA ELIZABETH MIRANDA CÓRDOVA, Notario Público Titular de la Segunda Notaria Pública de Colina con Asiento en Lampa, con oficio en Panamericana Norte 16.950, comuna de Lampa, certifico: Por Escritura Pública Repertorio N° 286-2026, de fecha 2 de marzo de 2026, ante mí, compareció: ENRIQUE CELIAN MACHUCA ACEVEDO, C.I.12.481.186-4, domiciliado en Rio Loa N°340, Comuna de Lampa, Región Metropolitana y constituyó sociedad por acciones. Nombre: "Inversiones e Inmobiliaria Machuca SpA" Nombre Fantasía: "Inmobiliaria Machuca SpA". Objeto: La inversión, por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes, en especial bienes inmuebles, la venta y/o enajenación de dichos bienes, el arrendamiento o constitución de usufructo, uso o habitación, la realización de cualquier forma de cesión de su uso y goce; la administración y consignación de los mismos, pudiendo percibir sus frutos, la compra, venta, arriendo, leasing, corretaje, intermediación, consignación, mensura, subdivisión, fusión, y urbanización de toda clase de bienes raíces, la realización y ejecución de proyectos inmobiliarios, y urbanísticos, la participación, gestión, inversión inmobiliaria y, en general, todo negocios o actividad relacionados con el giro o aquellas que acuerden los socios. Domicilio: La Comuna de Lampa, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en cualquier lugar del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $51.000.000.- dividido en mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, totalmente suscritas y pagadas mediante el aporte en dominio de inmueble de propiedad de ENRIQUE CELIAN MACHUCA ACEVEDO: Inmueble ubicado en calle Río Loa N°340, Valle Grande, Comuna de Lampa rol de avalúo fiscal 619-80, Comuna de Lampa, que se tasa en la suma de $51.000.000.- Administración: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de dos miembros. Los directores durarán tres años en sus funciones y serán elegidos en su totalidad en la Junta Ordinaria de Accionistas respectiva, o por una Extraordinaria en su caso, pudiendo ser reelegidos en forma indefinida. Queda designado como director transitorio don Enrique Celian Machuca Acevedo, quien durara en sus funciones hasta la Primera Junta General de Accionistas que debe celebrar la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy Fe. Lampa, 3 de marzo de 2026. EXTRACTO Documento emitido con Firma Electronica Avanzada.- Ley 19.799 - Auto acordado de la Excma Corte Suprema de Chile.- Certificado Nro.