CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GL Capital Limitada

CVE 2786895
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
12 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de marzo de 2026
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico que, por escritura pública otorgada hoy ante mí, don Gonzalo Rafael Larrain Errázuriz y doña Claudia Mónica Lyon Prado, ambos en esta ciudad, Camino Las Hualtatas 4572, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada denominada GL CAPITAL LIMITADA, con domicilio en Santiago y cuyo objeto es : a) la prestación de asesorías y asistencia técnica profesional a empresas o personas en el estudio, evaluación, informes, diseño e implementación de estrategias comerciales y sistemas de marketing para todo tipo de productos y servicios, como también en el estudio y evaluación financiera de proyectos productivos o de servicios profesionales, o cualesquiera otras que sean afines, conexas o complementarias con ellas. En todo ello la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, y ya sea a su propio nombre o al de sus mandantes; y b) la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don Gonzalo Larraín Errázuriz, actuando indistintamente. Esta designación no es esencial. El capital de la sociedad es la suma de $100.000, totalmente enterado en dinero en efectivo, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don Gonzalo Larraín Errázuriz, la suma de $99.500; y b) a doña Claudia Lyon Prado, la suma de $500. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2030, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 2 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de Marzo de 2026.