MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL DISTRIBUCIÓN GLOBAL LIMITADA

RUT 77167054-7 CVE 2786023
Fecha instrumento
2 de febrero de 2026

Instrumento

Fecha
2 de febrero de 2026
Notario
ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA
Domicilio
Viña del Mar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en calle 12 Norte 785, primer piso, local 2, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 02 de febrero de 2026, otorgada ante el notario suplente don Juan Ignacio Lorca Gutierrez, ALVARO DAVID AVENDAÑO FIGUEROA C.I Nº13.226.643-3 y ALEJANDRA ELIETT HEITZER MENA, C.I Nº 12.822.972-8, todos domiciliados para estos efectos en calle Limache Nº 3.253 de la comuna de Viña del Mar, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD COMERCIAL DISTRIBUCIÓN GLOBAL LIMITADA”, RUT Nº 77.167.054-7, inscrita a fojas 601 Nº 717 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2010 y se publicó en el ejemplar Nº 39.667 del Diario Oficial el 22 de mayo de 2010, en los siguientes términos, don Alvaro David Avendaño Figueroa y doña Alejandra Eliett Heitzer Mena, actuales únicos socios, introducen la siguiente modificación al pacto social: se modifica la cláusula segunda de la escritura social en el sentido que el objeto será la compra y venta, importación, exportación y distribución de artículos de librería, de oficina, de computación, de aseo, de alimentos envasados y artículos de ferretería y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el referido objeto, como también la compraventa, comercialización, arrendamiento de racks o de espacios de bodega equipada, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; otros servicios de almacenamiento y deposito, y cualquier otro acto o negoció lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden” Otras clausulas en escritura extractada. Viña del Mar, 18 de marzo de 2026.