MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

KUKNOW Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76173379-6 CVE 2786519
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2025

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2025
Repertorio
20436-2025

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Público Titular, 45ª Notaría, Santiago, con oficio en Huérfanos 979, piso 7, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2025, Repertorio N° 20436-2025, ante mí, Certifico: don CARLOS ALBERTO KUKNOW CAMPS, cédula de identidad N.°13.843.132-0, y doña RIOLA DE LOURDES GRANDON CAYULAO, cédula de identidad N.°15.716.252-7, ambos domiciliados en calle Santa Beatríz N.°81, departamento N.°1007, comuna de Providencia, Región Metropolitana, celebran escritura de modificación de estatutos de la sociedad KUKNOW Y COMPAÑÍA LIMITADA, rol único tributario 76.173.379-6, Capital: $1.000.000. Por el presente instrumento, los socios acuerdan aumentar el capital, actualmente de $1.000.000.- pesos a $4.000.000.-. El aumento de capital de $3.000.000.- pesos, se aporta por los socios de la siguiente forma: a) CARLOS ALBERTO KUKNOW CAMPS, aporta en este acto y en dinero efectivo la cantidad de un millón quinientos mil pesos y b) RIOLA DE LOURDES GRANDON CAYULAO, aporta en este acto y en dinero efectivo la cantidad de un millón quinientos mil pesos. Como consecuencia del aumento de capital mencionado, los socios acuerdan modificar la cláusula quinta del pacto social sustituyéndolo por el siguiente: “CLÁUSULA QUINTA: El capital de la sociedad es la suma de cuatro millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: a) CARLOS ALBERTO KUKNOW CAMPS, aporta la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalente al sesenta por ciento del capital social, los cuales se encuentran íntegramente aportados y pagados y b) RIOLA DE LOURDES GRANDON CAYULAO, aporta la suma de un millones seiscientos mil pesos, equivalente al cuarenta por ciento del capital social, los cuales se encuentran íntegramente aportados y pagados”. En todo lo que no se modifica por este instrumento seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social contenidas en los estatutos sociales. Demás estipulaciones sen escritura extractada. Santiago, 17 de marzo de 2026.