JVH SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de marzo de 2026
- Repertorio
- 18521-2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la “Sociedad” es la ciudad de Santiago. La sociedad, sin embargo, puede establecer agencias, sucursales, representaciones o domicilios especiales en cualquier punto del país o del extranjero. - ARTÍCULO TERCERO:
- Duración
- ARTÍCULO PRIMERO:
Objeto social
El objeto de la “sociedad” será: Uno. -) La inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza; Dos.-) La compra, venta, permuta y explotación a cualquier título de todo tipo de bienes muebles o inmuebles; Tres.-) En general, cualquier otra actividad que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes estatutos. - ARTÍCULO CUARTO:
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de JVH SpA | socio | 77743279-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 06 de marzo de 2026, Repertorio N°18.521-2026, otorgada ante mí, JOAQUÍN ENRIQUE VALENZUELA HERNÁNDEZ, viene en reducir a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de JVH SpA, RUT N°77.743.279-6, con fecha 02 de marzo de 2026, a las diez horas, en Andrés Bello 1251, oficina 903, comuna de Providencia, Región Metropolitana, se celebró la Junta de Extraordinaria de JVH SpA, en adelante, “La Sociedad”. Presidio la junta don JOAQUÍN ENRIQUE VALENZUELA HERNÁNDEZ y actúo a su vez como secretario. Formalidades de la Convocatoria: Se deja constancia que, en conformidad con el artículo décimo tercero de los estatutos, atendido que se encuentran presentes el 100% de las acciones de la sociedad, se acordó celebrar la presente junta extraordinaria, sin que sea necesario dar cumplimiento a otras formalidades. Asistencia: El señor presidente señala que concurren a la presente junta, él como único accionista: don JOAQUÍN ENRIQUE VALENZUELA HERNÁNDEZ, cedula nacional de identidad N°19.368.192-1, por 100 acciones ordinarias de la serie única equivalentes a la suma de un millón de pesos del capital social. Constitución de la Junta: Conforme al quorum asistenta, se declaró constituida la junta extraordinaria de accionistas. Firma de la Lista de Asistencia y del Acta: Se acordó que el Acta de la presente Junta sea firmada por el presidente quien a su vez es el único accionista y actúa como secretario. Objeto de la Junta: El presidente manifestó que el objeto de la Junta es someter a aprobación, las siguientes materias: Modificar los estatutos sociales y aumentar el capital de la sociedad. Acuerdos: Luego de analizar la propuesta de modificación, el único accionista presente aprobó por unanimidad: a) Modificar los estatutos sociales en su totalidad, reemplazando la totalidad de los estatutos anteriores por los siguientes: “ESTATUTO SOCIAL: CAPÍTULO PRIMERO. NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN. ARTÍCULO PRIMERO: Nombre. El nombre de la sociedad es JVH SpA. - ARTÍCULO SEGUNDO: Domicilio. El domicilio de la “Sociedad” es la ciudad de Santiago. La sociedad, sin embargo, puede establecer agencias, sucursales, representaciones o domicilios especiales en cualquier punto del país o del extranjero. - ARTÍCULO TERCERO: Objeto. El objeto de la “sociedad” será: Uno. -) La inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza; Dos.-) La compra, venta, permuta y explotación a cualquier título de todo tipo de bienes muebles o inmuebles; Tres.-) En general, cualquier otra actividad que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes estatutos. - ARTÍCULO CUARTO: Duración. La “Sociedad” tendrá una duración indefinida. - CAPÍTULO SEGUNDO. CAPITAL Y ACCIONES. ARTÍCULO QUINTO: El capital de la “Sociedad” es de un millón de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie ordinaria y sin valor nominal. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y es pagado en la forma que se indica en el artículo segundo transitorio de esta escritura.” (…) “CAPÍTULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD. ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: La sociedad será administrada por un ADMINISTRADOR, se designa a don JOAQUÍN ENRIQUE VALENZUELA HERNÁNDEZ como ADMINISTRADOR de la sociedad.” Demás estipulaciones escritura extractada. b) Aumentar el Capital Social: Se acuerda aumentar el capital social desde la cantidad de un millón de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinaria y sin valor nominal, a la suma de cuarenta millones de pesos, dividido en cuarenta mil acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. Se acuerda, asimismo, que las treinta y nueve mil acciones de pago que se emiten, se colocarán a un precio de mil pesos por acción. El accionista presente en la Junta de Accionistas de esta sociedad, pasa a suscribir las acciones de pago de la nueva emisión en la forma que se expresa a continuación: Uno. -) don Joaquín Enrique Valenzuela Hernández, suscribe el total de las treinta y nueve mil acciones de la nueva emisión por un valor de treinta y nueve millones de pesos. De esta manera queda íntegramente suscrito, en este acto, el aumento de capital social. Don Joaquín Enrique Valenzuela Hernández paga las treinta y nueve mil acciones de la nueva emisión y por un valor de treinta y nueve millones de pesos, suscritas en esta acta, mediante pago en efectivo al contado que ingresa a la caja social, a fecha 2 de marzo de 2026, dinero que se entiende ingresado en arcas sociales. A continuación, y como consecuencia de lo aprobado en los anteriores puntos de esta junta, se señala que se debe proceder a la reforma de los estatutos de manera de hacerlos concordantes con los acuerdos previos, adoptándose en forma unánime el siguiente acuerdo: A) se sustituye el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la “Sociedad” es de cuarenta millones de pesos, dividido en cuarenta mil acciones nominativas, de una misma serie ordinaria y sin valor nominal. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y es pagado en la forma que se indica en el artículo segundo transitorio de esta escritura.". B) Se sustituye el artículo segundo transitorio de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS, dividido en cuarenta mil acciones nominativas de igual valor cada una, sin valor nominal y de una misma serie, que se subscribió, suscribe y paga de la siguiente manera: Uno. -) Con la suma de un millón de pesos correspondiente al capital social inicial de la sociedad, dividido en cien acciones nominativas, sin valor nominal, capital íntegramente suscrito y pagado, todo ello conforme a la escritura de constitución de la sociedad JVH SPA. Dos. -) El único accionista, don Joaquín Enrique Valenzuela Hernández, paga las tres mil novecientas acciones de la nueva emisión y por un valor de treinta y nueve millones de pesos, suscritas en esta acta, mediante pago efectivo, suma que ingresará, en la caja social de la compañía.” Cumplimiento del Acuerdo: Por unanimidad de las acciones, se acuerda llevar a efecto la modificación, dando cumplimiento sin más trámite a lo dispuesto en el artículo catorce la Ley número veinte mil seiscientos cincuenta y nueve. Término de la Junta: No existiendo más materias que tratar, el presidente da por terminada la Junta Extraordinaria, siendo las 11:00 horas, firmándose el acta respectiva por todos los accionistas. Santiago, 17 de Marzo de 2026.-