MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria 5C Limitada

RUT 77811226-4 CVE 2785904
Capital
$18.594.940 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2026
Repertorio
2042-2026
Notario
MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN
Oficio
Quinta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$18.594.940 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
4 años a contar de la fecha de constitución de la sociedad, plazo prorrogable por períodos iguales y sucesivos de 4 años si ningún socio manifestare voluntad ponerle término expresada en forma y plazo señalados en escritura extractada

Administración

La administración de “INMOBILIARIA 5C LIMITADA” corresponderá individual e indistintamente a don JUAN CARLOS CABELLO PI y a doña SANDRA GIANA BOGGIANO PFEIFFER. Se sustituye la cláusula Sexta de los estatutos sociales. b.- Modificación en caso de fallecimiento de un

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaria de Santiago, con domicilio en Avenida El Golf 99, oficina 109 B, comuna de Las Condes, certifica por escritura pública repertorio N°2042-2026 de fecha 13 de marzo de 2026, don JUAN CARLOS CABELLO PI, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número 9.496.648-5 y doña SANDRA GIANA BOGGIANO PFEIFFER, chilena, casada con el anterior compareciente, empresaria, cédula de identidad número 7.255.207-5, ambos domiciliados para estos efectos en calle Carlota Guzmán número 1290, Módulo 7, comuna de Renca, Región Metropolitana, modificaron la sociedad INMOBILIARIA 5C LIMITADA inscrita a fojas 70.539 número 30.453 del año 2023 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Las modificaciones consisten en lo siguiente: a.- Administración: La administración de “INMOBILIARIA 5C LIMITADA” corresponderá individual e indistintamente a don JUAN CARLOS CABELLO PI y a doña SANDRA GIANA BOGGIANO PFEIFFER. Se sustituye la cláusula Sexta de los estatutos sociales. b.- Modificación en caso de fallecimiento de un socio. La sociedad continuará con los herederos o sucesores legales, quienes deberán designar un mandatario común, quien carecerá de facultades de administración. Se sustituye el artículo duodécimo de los estatutos sociales. c.- Se establece un nuevo estatuto social que se extracto a continuación: don JUAN CARLOS CABELLO PI, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número 9.496.648-5 y doña SANDRA GIANA BOGGIANO PFEIFFER, chilena, casada con el anterior compareciente, empresaria, cédula de identidad número 7.255.207-5, ambos domiciliados para estos efectos en calle Carlota Guzmán número 1290, Módulo 7, comuna de Renca, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes, cuya razón social es “INMOBILIARIA 5C LIMITADA”, sin perjuicio podrá usar también nombre de fantasía “5C LTDA.” para fines legales, comerciales y publicitarios, incluso ante bancos y autoridades. Su Objeto es: a) La explotación, compra, venta, arriendo, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces; y; b) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados y otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, incluso participar en toda clase de sociedades. El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá indistintamente a don JUAN CARLOS CABELLO PI y doña SANDRA GIANA BOGGIANO PFEIFFER. El Capital $18.594.940, que los socios aportan en la proporción de un 80 por ciento don JUAN CARLOS CABELLO PI y un 20% doña SANDRA GIANA BOGGIANO PFEIFFER, que se encuentra íntegramente pagado. Domicilio: Santiago, sin perjuicio pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos otros puntos República o extranjero. Duración: 4 años a contar de la fecha de constitución de la sociedad, plazo prorrogable por períodos iguales y sucesivos de 4 años si ningún socio manifestare voluntad ponerle término expresada en forma y plazo señalados en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de marzo de 2026.- Magdalena Sofía Latorre Larraín.- Notario Público Interino.