Instrumento
- Fecha
- 17 de marzo de 2026
- Repertorio
- 3203/2026
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de salud, tanto generales, como en las diversas especialidades de la odontología, medicina, prestaciones generadas por la derivación médica, enfermería y rehabilitación, a través de la atención, consultas y procedimientos médicos a particulares, a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, afiliados a Instituciones de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, y a través de convenios con empresas, instituciones públicas o privadas, creación y administración de centros de atención de salud y)o clínicas, y el desarrollo de cualquier otra actividad complementaria que fuese necesaria para llevar a cabo este
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3076, Oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Que, por escritura pública de fecha 17 de marzo de 2026, repertorio N°3.203/2026, ante mí, doña ISIDORA MARÍA ÁLVAREZ ROLL, cédula nacional de identidad N°17.998.841-0, ha constituido una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: IAR Odontología SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de salud, tanto generales, como en las diversas especialidades de la odontología, medicina, prestaciones generadas por la derivación médica, enfermería y rehabilitación, a través de la atención, consultas y procedimientos médicos a particulares, a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, afiliados a Instituciones de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, y a través de convenios con empresas, instituciones públicas o privadas, creación y administración de centros de atención de salud y/o clínicas, y el desarrollo de cualquier otra actividad complementaria que fuese necesaria para llevar a cabo este objeto. Adicionalmente, la Sociedad podrá efectuar y administrar, ya sea por cuenta propia o de terceros, toda clase de inversiones sea en bienes muebles o inmuebles, valores mobiliarios o colocaciones de cualquier especie, formar, ingresar y participar en sociedades de toda clase y objeto, sean estas civiles o comerciales, colectivas, de responsabilidad limitada, anónimas, por acciones o en comandita. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $300.000, dividido en 100 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas, y que serán pagadas en el plazo de un año contado desde la fecha de constitución de la sociedad. Santiago 18 de marzo de 2026. Patricia Valentina Manríquez Huerta, Notario Público.