Comercializadora y Distribuidora Can-Cat Market Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de enero de 2026
- Repertorio
- 160-26
- Notario
- Guillermo Carlos Solar Pérez
- Oficio
- 2a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGuillermo Carlos Solar Pérez, abogado, Notario Público Titular de la 2a Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Peñalolén, y con oficio en Avenida Quilín N°5.283, comuna de Peñalolén, certifica: Que por escritura pública de fecha 20 de enero de 2026, Repertorio N° 160-26 ante mí, SOCIEDAD COMERCIAL PETS DEL VALLE LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.491.363-9, debidamente representada por don CLAUDIO IVÁN RAMÍREZ LABRA, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 10.203.113-K, y por don YAIR ANDRÉS VENTURA ARRAZTOA, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 13.457.878-5, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Miguel Ramírez N° 1.550, local 20 y 21, Rancagua, y de paso por esta comuna; y don JOAQUÍN BARCELÓ ANCAROLA, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número 18.003.732-2, domiciliado para estos efectos en calle Rosario N° 4.376, Peñuelas, Coquimbo, y de paso por esta comuna; únicos y actuales socios de COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA CAN-CAT MARKET LIMITADA, inscrita a Fs. 478, N° 181 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo correspondiente al año 2025; quienes, siendo titulares del 100% de los derechos sociales, sanearon los acuerdos adoptados en escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2025, otorgada en esta misma Notaría, bajo el Repertorio N° 2039-2025, ratificando todos los acuerdos allí adoptados, ya que la inscripción en el Registro de Comercio del respectivo extracto y la publicación en el Diario Oficial del mismo no fue realizada dentro del plazo legal establecido para ello. Todo lo anterior, para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 19.499 que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y así proceder a las inscripciones correspondientes, dentro de plazo legal. Demás estipulaciones en escritura extractada. Peñalolén, Santiago a 20 de febrero del 2026.