MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MC ARQUITECTURA Y CONSTRUCCION LIMITADA

RUT 77037300-K CVE 2785799
Fecha instrumento
13 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2026
Notario
BERNARDO MAURICIO ITURRA MUÑOZ
Oficio
46 Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

BERNARDO MAURICIO ITURRA MUÑOZ, Abogado, Notario Público Interino de la 46 Notaria de Santiago, con oficio en Av. Vicuña Mackenna Nº 814, Ñuñoa, certifico: Por escritura pública hoy ante mí: Don ANDRES ALEJANDRO MC MANUS CABALLERO, domiciliado en calle Apolo Dos número mil ochocientos noventa y siete, Comuna de Vitacura; don ENRIQUE NICANOR MC-MANUS CABALLERO, domiciliado en calle Teniers número cuatro mil novecientos veinticuatro, Comuna de Las Condes; doña KAREN PAOLA MC-MANUS CABALLERO, domiciliada en calle Alvaro Casanova número mil novecientos setenta y cuatro casa Uno, Comuna de La Reina; doña JACQUELINE PATRICIA MC-MANUS CABALLERO, domiciliada en calle Richard Wagner número mil cuarenta y seis, Comuna de San Bernardo, de paso en esta y doña ANDREA CECILIA FRIAS, domiciliada en calle Apolo Dos número mil ochocientos noventa y siete, Comuna de Vitacura, señalaron: El compareciente don Andrés Alejandro Mc Manus Caballero y don Enrique Horacio Antonio Mc Manus Forno, constituyeron la sociedad “MC ARQUITECTURA Y CONSTRUCCION LIMITADA”, rol único tributario número setenta y siete millones treinta y siete mil trescientos guion K, constituida por escritura pública de fecha veintiocho de julio del año mil novecientos noventa y siete, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Gastón Iván Santibáñez Soto, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas diecinueve mil doscientos cincuenta y dos número quince mil trescientos sesenta y tres, del año mil novecientos noventa y siete y publicado en el Diario Oficial respectivo, con un capital inicial de diez millones de pesos, aportados cinco millones de pesos por don Enrique Horacio Antonio Mc Manus Forno con un cincuenta por ciento de los derechos sociales y cinco millones de pesos por don Andrés Alejandro Mc Manus Caballero con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran totalmente suscritos y pagados. Con fecha diecisiete de septiembre del año dos mil veinticinco, el socio don Enrique Horacio Antonio Mc Manus Forno, falleció intestadamente, dejando como herederos de sus derechos en la sociedad ascendentes a un cincuenta por ciento, a don Andrés Alejandro Mc Manus Caballero, doña Karen Paola Mc-Manus Caballero, doña Jacqueline Patricia Mc-Manus Caballero y don Enrique Nicanor Mc-Manus Caballero, repartidos de acuerdo con las reglas de la sucesión intestada, según da cuenta la Resolución Exenta número noventa y siete mil quinientos de fecha siete de noviembre del año dos mil veinticinco del Director General Región Metropolitana de Santiago del Servicio de Registro Civil e Identificación de Santiago, tomándose nota marginal en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago con fecha cinco de marzo del año dos mil veintiséis en la inscripción social constitutiva ya indicada. Es voluntad de los comparecientes seguir con la sociedad comercial, quedando como socios don Andrés Alejandro Mc Manus Caballero con sesenta y dos coma cinco por ciento; doña Karen Paola Mc-Manus Caballero con un doce coma cinco por ciento, doña Jacqueline Patricia Mc-Manus Caballero con un doce coma cinco por ciento y don Enrique Nicanor Mc-Manus Caballero con un doce coma cinco por ciento. Se modifica la sociedad en el siguiente sentido: Don Enrique Nicanor Mc-Manus Caballero, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales ascendentes a un doce coma cinco por ciento a doña Andrea Cecilia Frías, quien los compra y acepta para sí.- El precio de la cesión asciende a la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, pagados contado. Doña Karen Paola Mc-Manus Caballero, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales ascendentes a un doce coma cinco por ciento a doña Andrea Cecilia Frías, quien los compra y acepta para sí.- El precio de la cesión asciende a la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, pagados contado. Doña Jacqueline Patricia Mc-Manus Caballero, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales ascendentes a un doce coma cinco por ciento a doña Andrea Cecilia Frías, quien los compra y acepta para sí.- El precio de la cesión asciende a la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, pagados contado. Como consecuencia de la cesión, quedan como únicos socios de la sociedad “MC ARQUITECTURA Y CONSTRUCCION LIMITADA” con un sesenta y dos coma cinco por ciento del haber social don Andrés Alejandro Mc Manus Caballero y un treinta y siete coma cinco por ciento del haber social doña Andrea Cecilia Frías. Los actuales socios modifican la cláusula quinta del pacto social constitutivo en el sentido de que la administración y representación y uso de la razón social corresponderá a don Andrés Alejandro Mc Manus Caballero. Modifican la cláusula sexta del pacto social constitutivo en el sentido de que las ganancias y pérdidas se repartirán en un sesenta y dos coma cinco por ciento para don Andrés Alejandro Mc Manus Caballero y en un treinta y siete coma cinco por ciento para doña Andrea Cecilia Frías. En lo no modificado queda vigente pacto social constitutivo.- Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 13 de marzo de 2026.