MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

EMPRESA KUTZICO SpA

RUT 78201002-6 CVE 2785429
Fecha instrumento
28 de agosto de 2025
Notaría
Casablanca con asiento en Curacaví

Instrumento

Fecha
28 de agosto de 2025
Repertorio
255
Comuna
Casablanca con asiento en Curacaví

Sociedad

N. fantasía
KUTZICO SpA. Por escritura pública otorgada con fecha veinticinco de agosto de dos mil veinticinco, ante la Señora Notario Público Titular de Curacaví, doña Daniela Nancy Munizaga Péndola, Repertorio ochocientos cuarenta y uno, doña CRISTINA ELIZABETH MATTHEI BAEZA constituyó la sociedad por acciones denominada EMPRESA KUTZICO SpA

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 44236 del 28 de agosto de 2025

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DANIELA NANCY MUNIZAGA PÉNDOLA, Notario Titular de la Segunda Notaria de Casablanca con asiento en Curacaví, con oficio en Avda. Ambrosio O´Higgins N°1375, 1° piso, comuna de Curacaví, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy, CRISTIÁN ANDRÉS BAEZA GÁLMEZ, domiciliado en Parcela Cinco y Siete, Sector Alhué, Comuna de Curacaví en representación de CRISTINA ELIZABETH MATTHEI BAEZA, domiciliada en cuatro mil ciento once Hwy ciento uno, Powell River, British Columbia, Canadá, V ocho A cero C siete modifica sociedad por acciones: NOMBRE DE LA SOCIEDAD: EMPRESA KUTZICO SpA; NOMBRE DE FANTASÍA: KUTZICO SpA. Por escritura pública otorgada con fecha veinticinco de agosto de dos mil veinticinco, ante la Señora Notario Público Titular de Curacaví, doña Daniela Nancy Munizaga Péndola, Repertorio ochocientos cuarenta y uno, doña CRISTINA ELIZABETH MATTHEI BAEZA constituyó la sociedad por acciones denominada EMPRESA KUTZICO SpA NOMBRE DE FANTASÍA: KUTZICO SpA. El extracto notarial de constitución se encuentra inscrito a fojas 93 número 63 correspondiente al Registro de Comercio del año 2025, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca. El extracto con que se practicó la inscripción del centro fue publicado en el Diario Oficial Número 44236 de 28/08/2025. En la cláusula décima de la escritura la escritura pública de constitución de la mencionada sociedad por acciones, otorgada con fecha veinticinco de agosto de dos mil veinticinco, ante la Señora Notario Público Titular de Curacaví, doña Daniela Nancy Munizaga Péndola, Repertorio ochocientos cuarenta y uno, relativa a la administración de la sociedad por acciones EMPRESA KUTZICO SpA; NOMBRE DE FANTASÍA: KUTZICO SpA, a continuación de su actual texto, se agrega el siguiente texto: "Sin perjuicio de lo anterior, se otorgan además al administrador de la sociedad las siguientes facultades para actuar ante todo tipo de bancos, instituciones financieras, personas, naturales y jurídicas, instituciones, nacionales o extranjeros, sin limitaciones: Uno) Contratar y abrir cuentas corrientes y cuentas vistas; Dos) Girar en cuentas corrientes y en cuentas vistas; Tres) Sobregirar en cuentas corrientes; Cuatro) Reconocer y rechazar saldos de cuentas corrientes; Cinco) Retirar talonarios de cheques; Cancelar Cheques y cobrar cheques; Siete) Endosar en dominio cheques. Ocho) Endosar cheques y efectos de comercio para depositar en cuenta corriente; Nueve) Transferir fondos; Nueve) Girar letras de cambio; Diez) Aceptar y reaceptar letras de cambio; Once) Endosar en dominio letras de cambio; Doce) Endosar en cobranza letras de cambio; Trece) Endosar en garantía letras de cambio; Catorce) Suscribír pagarés y demás documentos negociables; Quince) Endosar en dominio pagarés y demás documentos negociables; Dieciséis) Endosar en cobranza pagarés y demás documentos negociables Diecisiete) Endosar en garantía pagarés y demás documentes negociables; Dieciocho) Descontar letras de cambio, pagarés y demás documentos negociables; Diecinueve) Contratar mutuos o préstamos; Veinte) Tomar boletas bancarias de garantía; Veintiuno) Avalar letras de cambio y pagarés; Veintidós) Otorgar fianzas simples; Veintitrés) Otorgar codeudas solidarias; Veinticuatro) Otorgar prendas; Veinticinco) Otorgar hipotecas; Veintiséis) Comprar inmuebles; Veintisiete) Vender inmuebles; Veintiocho) Dar y tomar en arrendamiento bienes inmuebles; Veintinueve) Comprar bienes muebles; Treinta) Vender bienes muebles; Treinta y uno) Dar y tomar en arrendamiento bienes muebles; Treinta y dos) Comprar acciones, cuotas fondos mutuos, bienes muebles incorporales y valores mobiliarios; Treinta y tres) Vender acciones, cuotas fondos mutuos, bienes muebles incorporales y valores mobiliarios; Treinta y cuatro) Ceder créditos y aceptar cesiones; Treinta y cinco) Novar toda clase de obligaciones; Treinta y seis) Celebrar contratos de leasing sobre bienes muebles; Treinta y siete) Celebrar contratos de leasing sobre bienes inmuebles; Treinta y ocho) Celebrar contratos de Factoring con y sin responsabilidad; Treinta y nueve) Contratar cuentas de ahorro y girar en ellas; Cuarenta) Tomar depósitos a plazo y a La vista; Cuarenta y uno) Invertir en mercado de capitales; Cuarenta y dos) Retirar documentos y valores; Cuarenta y tres) Contratar acreditivos; Cuarenta y cuatro) Cobrar y percibir todo lo que le corresponda; Cuarenta y cinco) Efectuar importaciones y exportaciones, suscribir informes, registros y anexos; Cuarenta y seis) Contratar acreditivos; Cuarenta y siete) Endosar y retirar documentos de embarque; Cuarenta y ocho) Hacer declaraciones juradas; Cuarenta y nueve) Comprar y vender moneda, cheques y documentos, en moneda extranjera; Cincuenta) Celebrar compraventas de divisas a futuro y codicionales; Cincuenta y uno) Dar órdenes de pago en moneda extranjera; Cincuenta y dos) Asumir riesgos de diferencias de cambios; Cincuenta y tres) Liquidar y remesar divisas; Cincuenta y cuatro) Celebrar contratos de futuros; Cincuenta y cinco) Autorizar cargos en compañías destinados para todo tipo operaciones, nacionales y extranjeras y de cambios; Cincuenta y seis) Constituir, ingresar o modificar sociedades; Cincuenta y siete) Representar en sociedades hacer vale derechos de socios o accionistas en una sociedad; Cincuenta y ocho) Conferir mandatos generales; Cincuenta y nueve) Conferir mandatos especiales; Sesenta) Facultades judiciales ordinarias; Sesenta y uno) Facultades judiciales especiales; Sesenta y dos) Autocontratar; Sesenta y tres) Efectuar Pagos Derecho de Aduana; Sesenta y cuatro) Efectuar toda clase de inversiones; Sesenta y cinco) Compra y venta de divisas; Sesenta y seis) Efectuar Pago servicio Web Tesorería General de la República; Sesenta y siete) Efectuar Pago servicio Web PREVIRED; Sesenta y ocho) Efectuar Pago servicio Web Otros Comercios; Sesenta y nueve) Otorgar Mandato para contratar productos financieros. Además, de conformidad con el estatuto social contenido en escritura la escritura pública de constitución de la mencionada sociedad por acciones, otorgada con fecha veinticinco de agosto de dos mil veinticinco, ante la Señora Notario Público Titular de Curacaví, doña Daniela Nancy Munizaga Péndola, Repertorio ochocientos cuarenta y uno, se aclara y ratifica su texto que es del siguiente tenor: TERCERO: CAPITAL DE LA SOCIEDAD POR ACCIONES: El capital es la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, dividido en cien acciones nominativas, de única serie sin valor nominal, que representan, en total, el cien por ciento de las acciones con derecho a voto.- CUARTO: ACCIONES NOMINATIVAS QUE SE SUSCRIBEN Y PAGAN EN ESTE ACTO: Se deja constancia de que en este acto se suscriben y pagan las siguientes acciones nominativas, referidas en la cláusula tercera de esta escritura: doña CRISTINA ELIZABETH MATTHEI BAEZA, representada por don CRISTIÁN ANDRÉS BAEZA GÁLMEZ suscribe y paga, en este acto, un total de CIEN acciones nominativas, pagando a la caja social un monto total de CINCO MILLONES DE PESOS, moneda nacional, que representan el CIEN POR CIENTO de las acciones emitidas con derecho a voto. En consecuencia, se tiene por totalmente suscrito y pagado a la caja social el cien por ciento de las acciones nominativas en que se divide el capital social. En lo no expresamente modificado en la presente escritura pública, se mantiene el estatuto social que consta en la escritura pública de constitución de la mencionada sociedad por acciones, otorgada con fecha veinticinco de agosto de dos mil veinticinco, ante la Señora Notario Público Titular de Curacaví, doña Daniela Nancy Munizaga Péndola, Repertorio ochocientos cuarenta y uno.- La escritura pública extractada ha sido otorgada a 17 días del mes de marzo de dos mil veintiséis y autorizada por doña Daniela Nancy Munizaga Péndola, Notario Público Titular de Curacaví. Repertorio 255.