Deloitte Auditores y Consultores Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2026
- Comuna
- Vitacura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ALBERTO MALDONADO CONCHA, titular de la 2° Notaría de Vitacura, Candelaria Goyenechea N°3868, Vitacura, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 27 de febrero de 2026, ante mí, comparece JAVIERA ISABEL ESPINOZA RIQUELME debidamente facultada y expone lo siguiente: 1) Según consta en escritura pública de DELOITTE AUDITORES Y CONSULTORES LIMITADA de fecha 20 de noviembre de 2025, otorgada ante la trigésima tercera notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, el compareciente tiene facultades suficientes para redactar cualquier texto necesario para complementar, corregir y rectificar la escritura pública citada. 2) En uso de las facultades señaladas, el compareciente viene en rectificar la escritura pública de fecha 20 de noviembre de 2025 de la sociedad DELOITTE AUDITORES Y CONSULTORES LIMITADA, en el siguiente sentido: I) Se reemplaza el Artículo Octavo de los estatutos sociales referido al capital social, agregando los porcentajes de participación de cada socio, quedado su texto como sigue: “ARTÍCULO OCTAVO: El capital social será la suma de treinta y seis millones ciento setenta y ocho mil novecientos cincuenta y nueve pesos, enterado y pagado por los socios de la manera que se indicará: Uno.- CHRISTIAN ALBERTO DURAN ESPINOZA, aporta la suma de catorce millones quinientos cincuenta y ocho mil ochocientos noventa pesos, lo que equivale al cuarenta coma dos cuatro uno nueve por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Dos.- ROBERTO LUIS ESPINOZA OSORIO, aporta la suma de un millón ciento cuarenta y nueve mil novecientos veinte pesos, lo que equivale al tres coma uno siete ocho cuatro por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Tres.- DANIEL FERNÁNDEZ PÉREZ, aporta la suma de un millón doscientos sesenta y cinco mil seiscientos noventa y tres pesos, lo que equivale al tres coma cuatro nueve ocho cuatro por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Cuatro.- JUAN CARLOS JARA MUÑOZ, aporta la suma de un millón doscientos sesenta y cinco mil seiscientos noventa y tres pesos, lo que equivale al tres coma cuatro nueve ocho cuatro por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Cinco.- ALBERTO TOMÁS KULENKAMPFF GARCÍA, aporta la suma de un millón doscientos sesenta y cinco mil seiscientos noventa y tres pesos, lo que equivale al tres coma cuatro nueve ocho cuatro por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Seis.- DANIEL OCTAVIO JOIGNANT PACHECO, aporta la suma de un millón ciento cuarenta y nueve mil novecientos veinte pesos, lo que equivale al tres coma uno siete ocho cuatro por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Siete.- CRISTIÁN MARCELO ÁLVAREZ PARRA, aporta la suma de un millón ciento cuarenta y nueve mil novecientos veinte pesos, lo que equivale al tres coma uno siete ocho cuatro por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Ocho.- CHRISTOPHER JAMES WESTBROOK LYON, aporta la suma de un millón ciento cuarenta y nueve mil novecientos veinte pesos, lo que equivale al tres coma uno siete ocho cuatro por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Nueve.- PATRICIA FLORENCIA ZUANIC CAMPOS, aporta la suma de un millón ciento cuarenta y nueve mil novecientos veinte pesos, lo que equivale al tres coma uno siete ocho cuatro por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Diez.- JORGE FANOR ORTÍZ MARTÍNEZ, aporta la suma de un millón ciento cuarenta y nueve mil novecientos veinte pesos, lo que equivale al tres coma uno siete ocho cuatro por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Once.- MARIA DE LOS ANGELES RODRIGUEZ MORENO, aporta la suma de diez mil pesos, lo que equivale al cero coma cero dos siete seis por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Doce.- PEDRO ANTONIO BRAVO GÓMEZ, aporta la suma de un millón doscientos sesenta y siete mil trescientos veinte pesos, lo que equivale al tres coma cinco cero dos nueve por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Trece.- RENÉ EDUARDO GONZÁLEZ LÓPEZ, aporta la suma de diez mil novecientos ochenta y un pesos, lo que equivale al cero coma cero tres cero cuatro por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Catorce.- ROLF AMÉRICO LAGOS FLORES, aporta la suma de un millón doscientos sesenta y siete mil trescientos veinte pesos, lo que equivale al tres coma cinco cero dos nueve por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Quince.- JUAN CARLOS RODRÍGUEZ CABRERA, aporta la suma de un millón cuarenta y seis mil seiscientos veintiocho pesos, lo que equivale al dos coma ocho nueve dos nueve por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Dieciséis.- CESAR OSVALDO VEGA GONZÁLEZ, aporta la suma de un millón doscientos sesenta y seis mil novecientos ocho pesos, lo que equivale al tres coma cinco cero uno ocho por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Diecisiete.- CLAUDIO MAURICIO MOYA ARANCIBIA, aporta la suma de un millón cuarenta y seis mil doscientos dieciséis pesos, lo que equivale al dos coma ocho nueve uno ocho por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Dieciocho.- SERGIO RAMÓN RAMÍREZ VENZANO, aporta la suma de un millón doscientos sesenta y seis mil novecientos ocho pesos, lo que equivale al tres coma cinco cero uno ocho por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Diecinueve.- JORGE SERRA SEPULVEDA, aporta la suma de un millón cincuenta y seis mil setecientos ochenta y cuatro pesos, lo que equivale al dos coma nueve dos uno cero por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Veinte.- PABLO SAMUEL VÁSQUEZ URRUTIA, aporta la suma de diez mil quinientos sesenta y ocho pesos, lo que equivale al cero coma cero dos nueve dos por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de 3 la presente escritura. Veintiuno.- ROBERTO ANDRÉS LEIVA CASAS-CORDERO, aporta la suma de diez mil quinientos sesenta y ocho pesos, lo que equivale al cero coma cero dos nueve dos por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Veintidós.- JESSICA ANTONIA PÉREZ PAVEZ, aporta la suma de diez mil quinientos sesenta y ocho pesos, lo que equivale al cero coma cero dos nueve dos por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Veintitrés.- ROBINSON ANDRÉS ERNESTO ALARCÓN GÓMEZ, aporta la suma de un millón doscientos sesenta y cinco mil novecientos setenta y ocho pesos, lo que equivale al tres coma cuatro nueve nueve dos por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Veinticuatro.- MILTON CATACOLI, aporta la suma de diez mil quinientos sesenta y ocho pesos, lo que equivale al cero coma cero dos nueve dos por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Veinticinco.- CHRISTIAN GERMÁN ARRIAGADA RIVAS, aporta la suma de diez mil trecientos setenta y tres pesos, lo que equivale al cero coma cero dos ocho siete por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Veintiséis.- MARÍA ESTER PINTO ULLOA, aporta la suma de un millón doscientos sesenta y cinco mil setecientos ochenta y dos pesos, lo que equivale al tres coma cuatro nueve ocho siete por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Veintisiete.- ELIZABETH KAREN CAMOGLINO GONZÁLEZ, aporta la suma de diez mil pesos, lo que equivale al cero coma cero dos siete seis por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Veintiocho.- CRISTIAN GREGORIO TAPIA SALGADO, aporta la suma de diez mil pesos, lo que equivale al cero coma cero dos siete seis por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Veintinueve-. MARCELA ALEJANDRA TAPIA ESPINOZA, aporta la suma de diez mil pesos, lo que equivale al cero coma cero dos siete seis por ciento del capital social, suma que se paga en este acto. Treinta.- DANIEL SOLORZANO COLINA, aporta la suma de diez mil pesos, lo que equivale al cero coma cero dos siete seis por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Treinta y uno.- PRISCILLA ANTONIA DÍAZ CUEVAS, aporta la suma de diez mil pesos, lo que equivale al cero coma cero dos siete seis por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Treinta y dos.- PABLO CRISTIAN MARTINEZ CORONADO, aporta la suma de diez mil pesos, lo que equivale al cero coma cero dos siete seis por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Treinta y tres.- MARIA PAZ RIVERA CORNEJO, aporta la suma de diez mil pesos, lo que equivale al cero coma cero dos siete seis por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Treinta y cuatro.- ALEJANDRO ANDRÉS BASCUR SALAZAR, aporta la suma de diez mil pesos, lo que equivale al cero coma cero dos siete seis por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Treinta y cinco.- LEONARDO MIGUEL CHAMORRO SANCHEZ, aporta la suma de diez mil pesos, lo que equivale al cero coma cero dos siete seis por ciento del capital social, suma que ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Treinta y seis.- YOHANA VANESSA MUÑOZ CARDENAS, aporta la suma de diez mil pesos, lo que equivale al cero coma cero dos siete seis por ciento del capital social, y que paga en este acto. Todos los socios se obligan a aportar a la sociedad sus conocimientos y su actividad en el campo que es propio del giro de ésta y de sus respectivas profesiones; y tendrán prohibido desarrollar independientemente actividades propias del giro social.” Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. En Santiago, a 3 de marzo de 2026.