Volke Strategic Group Limitada
Instrumento
- Fecha
- 16 de marzo de 2026
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $6.890.909 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Puerto Varas
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de diez años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá prorrogado automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de cualquier naturaleza, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos y valores mobiliarios en general; b) La administración y explotación de dichas inversiones, percibiendo sus frutos civiles; c) La prestación de servicios de asesoría financiera, administrativa y de gestión a sociedades en las que participe. Queda expresamente excluido del objeto social la gestión operativa directa y la dirección laboral de las sociedades filiales; y d) Cualquier otra actividad lícita que los socios acuerden, relacionada o no con los objetos anteriores. ADMINISTRACIÓN Y USO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura pública de fecha 16 de marzo de 2026, ante mí, don JORGE LUIS VOLKE ÁLVAREZ, chileno, soltero, empresario, Cédula Nacional de Identidad número diecinueve millones veintiocho mil cuatrocientos noventa guion cinco; y doña ANGELINE LOPEZ GRAJALES, colombiana, soltera, cosmetóloga, Cédula Nacional de Identidad número veintitrés millones ochocientos catorce mil setecientos cuarenta y ocho guion cuatro, ambos domiciliados en Fundo Nueva Braunau sin número, comuna de Puerto Varas; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la compañía será "VOLKE STRATEGIC GROUP LIMITADA"; la sociedad podrá usar el nombre de fantasía "VOLKE LTDA." en sus relaciones comerciales y publicitarias, sin que ello altere su razón social ni su identificación tributaria. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de cualquier naturaleza, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos y valores mobiliarios en general; b) La administración y explotación de dichas inversiones, percibiendo sus frutos civiles; c) La prestación de servicios de asesoría financiera, administrativa y de gestión a sociedades en las que participe. Queda expresamente excluido del objeto social la gestión operativa directa y la dirección laboral de las sociedades filiales; y d) Cualquier otra actividad lícita que los socios acuerden, relacionada o no con los objetos anteriores. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá exclusivamente a don JORGE LUIS VOLKE ÁLVAREZ, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $6.890.909.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno) Don JORGE LUIS VOLKE ÁLVAREZ, aporta la suma de $6.822.000.-, equivalente al noventa y nueve por ciento del capital social, mediante el aporte en dominio de la totalidad de las acciones de su propiedad en las siguientes sociedades: a) Mil acciones de la sociedad "Comercializadora y Agrícola Tres Volcanes SpA", valoradas en la suma de $2.000.000; b) Mil acciones de la sociedad "Rancho Volke SpA", valoradas en la suma de $2.010.000; c) Mil acciones de la sociedad "FSJ Inmobiliaria e Inversiones SpA", valoradas en la suma de $2.812.000. Dos) Doña ANGELINE LOPEZ GRAJALES, aporta la suma de $68.909.-, equivalente al uno por ciento del capital social, que entera en este acto, en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de diez años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá prorrogado automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social. DOMICILIO: Ciudad de Puerto Varas, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 17 de marzo de 2026.