MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Montoya e Hijos Limitada

RUT 76964480-6 CVE 2785026
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
26 de julio de 2007

Instrumento

Fecha
26 de julio de 2007
Repertorio
75-2026
Notario
Notario Suplente de don HECTOR CLAUDIO SOTO CANDIA
Domicilio
con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número dos mil quinientos treinta y seis

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

En San Miguel, ciudad de Santiago, República de Chile, a cinco días de marzo del año dos mil veintiséis, ante mí, RAFAEL AUGUSTO COMTE NARANJO, abogado, Notario Suplente de don HECTOR CLAUDIO SOTO CANDIA, Notario Público Interino, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número dos mil quinientos treinta y seis, de esta comuna, según decreto económico número sesenta y seis guion dos mil veintiséis, de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel, certifica: Por escritura pública de hoy, de repertorio 75-2026, ante mí, don José Gastón Montoya Leal, doña Maura del Carmen Pérez Cárcamo, don Diego Leandro Montoya Pérez y doña Paola Ximena San Martín González, todos domiciliados en Santiago, modificaron la sociedad "Sociedad Montoya e Hijos Limitada", constituida el 26 de julio de 2007, inscrita a fojas 32.308, número 23.236 del Registro de Comercio de Santiago del año 2007. Las modificaciones consisten en las siguientes cesiones de derechos sociales: 1. Don José Gastón Montoya Leal y doña Maura del Carmen Pérez Cárcamo, en su calidad de únicos herederos de don Gastón Nicolás Montoya Pérez, venden, ceden y transfieren la totalidad de los derechos sociales heredados (25% del capital social) a doña Paola Ximena San Martín González, valorizados en $500.000. 2. Don José Gastón Montoya Leal vende, cede y transfiere de sus derechos propios (50% del total social) en las siguientes proporciones: un 45% a don Diego Leandro Montoya Pérez, valorizados en $900.000 y un 5% a doña Paola Ximena San Martín González, valorizados en $100.000. Como consecuencia de las cesiones, se retiran de la sociedad don José Gastón Montoya Leal y doña Maura del Carmen Pérez Cárcamo, e ingresa como socia doña Paola Ximena San Martín González. Quedan como únicos socios don Diego Leandro Montoya Pérez con el 70%, valorizados en $1.400.000, y doña Paola Ximena San Martín González con el 30% de los derechos sociales, valorizados en $600.000. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Asimismo, se modifican los estatutos de la sociedad, en cuanto la administración, uso de la razón social y representación de la sociedad corresponderán a don Diego Leandro Montoya Pérez y doña Paola Ximena San Martín González, quienes podrán actuar en forma individual e indistinta con las más amplias facultades establecidas en la escritura de constitución de la sociedad. En cuanto al capital social, se fija en la suma de $2.000.000, ya enterado y pagado en la proporción de 70% para don Diego Leandro Montoya Pérez y 30% para doña Paola Ximena San Martín González. En lo no modificado, rige plenamente el contrato social original. Demás estipulaciones en escritura extractada.