Santa Berthilde Inversiones Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de marzo de 2026
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Segunda Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Domicilio
- Frutillar, Provincia de Llanquihue
- Duración
- cinco años contados desde la fecha de la presente escritura y se entenderá prorrogado el plazo automáticamente por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo pactado o de alguna de sus prórrogas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con Oficio ubicado en esta ciudad, calle Urmeneta 478, CERTIFICO: que por escritura pública, suscrita ante mí, con fecha 06 de marzo de 2026, don CARLOS ALFREDO MICHAEL MICHAEL, Ingeniero de ejecución en geomensura, y don IGNACIO ORLANDO JOHANN MICHAEL BARRÍA, Técnico en marketing digital, ambos domiciliados en Punta Larga, kilómetro cuatro, comuna de Frutillar, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón o firma social será “SANTA BERTHILDE INVERSIONES LIMITADA”, sin perjuicio de que pueda usar el nombre de fantasía de “BERTHILDE LTDA.”. Domicilio: Frutillar, Provincia de Llanquihue, sin perjuicio de que pueda establecer agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto será el siguiente: Uno) La realización de todo tipo de actividades de carácter inmobiliario, en especial las relativas a la adquisición, tenencia, arrendamiento, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles. Dos) La subdivisión de inmuebles rurales, el desarrollo de loteos y la urbanización de los mismos. Tres) En general, la explotación de cualquiera otra actividad directa o indirecta relacionada con el objeto social y cualquiera otra que los socios acuerden. Administración y uso de la razón social corresponderá al socio CARLOS ALFREDO MICHAEL MICHAEL, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará con las más amplias facultades. Capital de la sociedad será la suma de cuatro millones de pesos, el cual será aportado por los socios de la siguiente forma: Uno) El socio Carlos Alfredo Michael Michael aporta el cincuenta por ciento del capital social, equivalente a dos millones de pesos, cantidad que se entera en dinero efectivo en este acto, ingresando efectivamente al haber de la caja social. Dos) El socio Ignacio Orlando Johann Michael Barría aporta el cincuenta por ciento del capital social equivalente a la suma de dos millones de pesos, cantidad que se entera en dinero efectivo en este acto, ingresando efectivamente al haber de la caja social. En consecuencia, el capital de la sociedad queda íntegramente pagado. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: cinco años contados desde la fecha de la presente escritura y se entenderá prorrogado el plazo automáticamente por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo pactado o de alguna de sus prórrogas. Otras estipulaciones constan en escritura extracta. Puerto Montt, 16 de marzo de 2026.