MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones BDC Limitada

RUT 78381929-5 CVE 2784687
Fecha instrumento
20 de enero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de enero de 2026
Repertorio
735/2026
Notario
Cosme Fernando Gomila Gatica
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Cosme Fernando Gomila Gatica, abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con domicilio en la ciudad de Santiago, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 20 de enero de 2026, Repertorio N° 735/2026, ante mí, comparecieron don RODRIGO HERNÁN ALEJANDRO BRAVO DEL CAMPO, chileno, arquitecto, cédula de identidad N° 8.746.068-1, domiciliado en Alonso de Camargo N° 6.126, departamento 504, comuna de Las Condes; doña PAULA EUGENIA MARÍA GABRIELA BRAVO DEL CAMPO, chilena, fonoaudióloga, cédula de identidad N° 9.964.548-2, domiciliada en Educadora Minerva Poblete N° 10.290, casa D, comuna de La Reina; don GONZALO ANDRÉS BRAVO DEL CAMPO, chileno, psicólogo, cédula de identidad N° 10.557.724-9, domiciliado en Hamlet N° 4.242, departamento 701, comuna de Las Condes; y doña MARÍA CAROLINA MARGARITA BRAVO DEL CAMPO, chilena, periodista, cédula de identidad N° 12.637.614-6, domiciliada en Felipe II N° 4.233, departamento 31, comuna de Las Condes. En dicha escritura, los comparecientes rectifican la escritura pública de constitución de sociedad otorgada con fecha 12 de diciembre de 2025, ante don Jorge Lobos Díaz, abogado, Notario Público Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don Cosme Fernando Gomila Gatica, con domicilio en la ciudad de Santiago, Repertorio N°13.898/2025. Se rectifica la referida escritura en el sentido de reemplazar íntegramente el ARTÍCULO SEGUNDO de los estatutos sociales, relativo a la razón social, estableciéndose que la sociedad gira bajo la razón social “INVERSIONES BDC LIMITADA”, pudiendo además actuar bajo el nombre de fantasía “BDC Ltda.”. En lo no rectificado se mantienen vigentes e inalterables las demás estipulaciones del acto constitutivo.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 28 de enero de 2026.