COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA SAMIRA SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de marzo de 2026
- Repertorio
- 1384-26
- Notario
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Oficio
- Vigésimo Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, certifico que: por escritura pública de fecha 13 de marzo de 2026, bajo el repertorio 1384-26, ante mí, Doña DOLY AMARIZ MACAS NAGUA constituye Sociedad Por Acciones. -La sociedad girará bajo la denominación de COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA SAMIRA SpA cuyo nombre de fantasía será SAMIRA.- El domicilio legal será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. El objeto de la sociedad será: Uno) La importación, exportación, distribución, logística, transporte, almacenaje y comercialización, por cuenta propia o ajena de toda clase de frutas, verduras, alimentos perecibles y no perecibles y en general todo tipo de productos alimenticios y fertilizantes, y en general todo tipo de bienes muebles; Dos) Compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, de vehículos y equipos de transporte, por cuenta propia o ajena; Tres) La adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, sean bienes raíces rústicos o urbanos, tomarlos o darlos en arrendamiento, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; además podrá invertir en bienes corporales o incorporales de toda clase, como acciones, bonos, debentures, Adrs, comprar, vender y ceder derechos, derechos litigiosos, créditos a particulares e instituciones financieras y cualquiera otra clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo percibir sus frutos; y, en general, realizar todos los actos y/o contratos conducentes a dichos fines; Cuatro) Actividades agrícolas, ganaderas, explotación de criaderos de peces y productos del mar, por cuenta propia o ajena; Cinco) El transporte, almacenaje, distribución y logística, de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; Sexto) Otras actividades y servicios, relacionados y en general, cualquier otro negocio complementario del giro descrito que acordare los socios y/o accionistas.- El capital de la sociedad es de $5.000.000 dividido en 5.000 acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: Doña DOLY AMARIZ MACAS NAGUA suscribe, entera y paga 5.000 acciones, mediante el aporte de la cantidad de $5.000.000 lo que equivale y corresponde al 100% del patrimonio de la sociedad, capital el cual es pagado y suscrito en dinero en efectivo y en el presente acto.- La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña DOLY AMARIZ MACAS NAGUA. - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de marzo de 2026.-